¿Estás una tanda y no sabes si lo que ganas debes declararlo ante el SAT? Checa esta información.
El objetivo de la declaración de ingresos ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) es certificar el cumplimiento anual de tus obligaciones fiscales a través de la presentación de declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales, que contenga la información de tus ingresos, deducciones, actos y actividades a través de este portal.
La declaración debes presentarla anualmente si cumples con las siguientes condiciones:
*Si obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos en el año.
*Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400 mil pesos
*Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presentara tu declaración anual.
*Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
*Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
*Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
Así es que sí, todo ingreso extra, incluido tu ‘dinerito’ de la tanda debes declararlo ante el SAT, siempre y cuando mantengas ese depósito en una cuenta bancaria, con el fin de evitar irregularidades o discrepancias. En caso de que no tengas este monto depositado en el banco, el organismo de la Secretaría de Hacienda, recomienda hacerlo para evitar algún problema en tu declaración anual.
También, debes tener en cuenta que cuando los bancos detectan algún depósito mayor a 15 mil pesos, lo notifican al fisco.