El Servicio e Administración Tributaria (SAT) advierte que el 30 de mayo es la fecha límite para que las empresas realicen el reparto de utilidades 2022.
Advierte que si el empleador obligado no paga el reparto de utilidades, los trabajadores deben presentar su denuncia en: inspeccionfederal@stps.gob.mx.
“El reparto de utilidades es un derecho establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, regulada por la Ley Federal del Trabajo, la cual indica que todos los trabajadores de planta o eventuales, tienen derecho al reparto de utilidades”, destaca.
Expone que también tienen derecho a las utilidades los empleados que laboraron el año anterior al servicio de uno o más empleadores.
Quienes no pueden tener utilidades son las personas que ocupan los puestos de dirección, administración, gerencias generales, socios y accionistas.
Tampoco podrán gozar de utilidades los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda o trabajadores del hogar.
“Cabe mencionar que la cantidad exacta a distribuir depende del número de días trabajados en el año y el monto de los salarios devengados durante el mismo, en función de las utilidades generadas por el empleador”, expone.
Añade que el reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que deba presentarse la declaración anual del empleador, de acuerdo con los períodos siguientes: si el empleador es una persona moral, del 1 de abril al 30 de mayo y si el empleador es una persona física, del 1 de mayo al 29 de junio.
Para más información y asesoría, los trabajadores pueden consultar el Portal del SAT sat.gob.mx o visitar el mini sitio de Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).