A pesar de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya no cobra un Impuesto a los Depósitos en Efectivo, los bancos aún tienen la obligación de reportarle a este órgano mensualmente los depósitos en efectivo que realizan los contribuyentes a las tarjetas de crédito.
Para ello, los bancos deben informar al SAT antes del día 17 de cada mes. Con esta medida se busca agilizar y eficientar las auditorías y, por tanto, combatir de forma más expedita la evasión fiscal.
Es importante aclarar que esta medida solo se aplica a las cuentas que excedan, al mes, los depósitos en efectivo de 15 mil pesos, de acuerdo como lo marca la Ley del ISR, en la fracción IV del Artículo 55.
Los depósitos en efectivo son aquellos que, en moneda nacional o extranjera, se realicen en cualquier tipo de cuenta que las personas físicas o morales tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero, así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
En años pasado, el SAT cobraba un Impuesto a dichos depósitos, que era retenido por los bancos. No obstante, la autoridad fiscal ahora no cobra los depósitos en efectivo porque dicho gravamen se eliminó con la reforma fiscal que entró en vigor en 2014.
Estas son las transacciones no vigiladas por el SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que es falso que cobre impuestos por depósitos en efectivo que se efectúan en instituciones bancarias.
En un comunicado, la institución aclaró que estos son los pagos o transacciones que no se vigilan y tampoco se cobran impuestos por ellos:
- Gastos de padres e hijos.
- Pagos de productos de venta por catálogo, como cosméticos, utensilios de cocina, del hogar, entre otros.
- Tandas y préstamos personales.
La confusión anterior se generó a raíz de la propuesta que hizo Hacienda de incluir en el Paquete Económico 2022 que los bancos entreguen información relacionada con los depósitos en efectivo de manera mensual y no anualmente, como se maneja actualmente.