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SAT 2023: ¿Billetes debajo del colchón? Esto indica sobre el dinero en efectivo

El SAT tiene reglas específicas para quienes compran autos e inmuebles y pagan en efectivo, conócelas para que te evites dolores de cabeza.

Si vas a comprar una casa, la cantidad límite en efectivo que puedes usar es de 719 mil 200 pesos. (Cuartoscuro).

Las transferencias y depósitos son lo de hoy, sin embargo, hay quienes prefieren realizar diversos pagos en efectivo, por lo que las monedas y lo billetes no han quedado de lado.

Si eres de aquellos que prefieren ahorrar el dinero en efectivo y lo tienes en tu casa, seguro te preguntas si en algún momento podrías tener problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Lo primero que debes saber es que tener dinero en efectivo en casa no significa que sea algún delito fiscal, pero sí es importante que en su momento declares e indiques su procedencia al SAT.

Estas son reglas del SAT a la hora de manejar grandes cantidades de efectivo y sí, podría parecer sacado de una película eso de pagar con portafolios de billetes:

  • Si vas a comprar una casa, la cantidad límite en efectivo que puedes usar es de 719 mil 200 pesos.
  • En caso de que compres un automóvil con los ahorros de toda tu vida, lo que implica fajos de billetes, el SAT indica que el límite de pago en efectivo es de 287 mil 680 pesos. Esto aplica para joyas, inmuebles y apuestas.

SAT 2023: ¿Cómo pueden renovar las empresas su e.firma por internet?

El SAT ofrece a las empresas y negocios la facilidad de renovar la e.firma por Internet, si no ha pasado más de un año que el certificado perdió su vigencia y cuentan con el mismo representante legal con certificado de e.firma activo.

La autoridad fiscal publicó un tutorial en su portal de Internet, en el cual va explicando paso por paso cómo solicitar la renovación de la e.firma en la comodidad de una computadora desde se casa u oficina, sin tener que acudir a los módulos del SAT: https://www.sat.gob.mx/video/solicitud-de-renovacion-del-certificado-de-e.firma-caduco-para-personas-morales.

Debes tener estos documentos:

  • Contar con los archivos .key y .cer.
  • Tener la contraseña de la llave privada de la firma electrónica que perdió su vigencia.
  • El mismo representante legal de la empresa deberá firmar la solicitud de renovación con su e.firma activa.

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