México se ha convertido en el destino favorito de los migrantes estadounidenses y europeos, conocidos como nómadas digitales en 2023, de acuerdo con una encuesta realizada y publicada por InterNations.
Esta migración ha encarecido el precio de la vivienda, especialmente en la CDMX, y ha provocado un fenómeno conocido como gentrificación; sin embargo, también ha dejado una importante derrama económica.
Tan solo en 2021, los trabajadores remotos dejaron a la Ciudad de México alrededor de 9 mil 300 millones de pesos, un 15 por ciento de todo lo obtenido en la ciudad por concepto de turismo ese año.
No obstante, para Eduardo López Macías, director en México y Latinoamérica de Restart, esta derrama económica pudiera ser mayor, si se tomaran medidas como en Costa Rica en temas de trabajo remoto, ya que de alguna forma obligan a los nómadas digitales a pagar ISR.
“Actualmente, ellos entran a México como turistas y aquí hacen su chamba y su vida, pero no están registrados ante el fisco”, enfatizó en entrevista para El Financiero.
Para lograr permanecer ‘invisibles’ antes el SAT, algunos deciden estar en México 90 días, salen y vuelven a regresar.
Después se establecen en México con alguna empresa propia o que tienen registrada en Estados Unidos o Europa, por lo que no están contribuyendo al fisco por el uso que hacen de la infraestructura de la ciudad, salvo con el IVA que pagan en lo que consumen.
SAT: ¿Qué dice la ley sobre los nómadas digitales y el pago de impuestos?
Al ser un fenómeno relativamente nuevo, no existe el concepto de nómada digital en las leyes y normas hacendarias; sin embargo, el SAT sí señala qué impuestos deben pagar los extranjeros residentes en México.
Los extranjeros residentes son las personas físicas que tienen su casa habitación en México.
También se consideran extranjeros residentes si tienen una casa habitación en otro país, pero obtienen más del 50 por ciento de sus ingresos anuales en México o si el centro de sus actividades profesionales está en territorio nacional.
Asimismo, los extranjeros no residentes, pero que obtienen ingresos de alguna fuente de riqueza ubicada en territorio nacional, tienen obligaciones fiscales en México.
“Los extranjeros que residan en el extranjero y que obtengan ingresos en México, o cuando tengan un establecimiento permanente en el país, por los ingresos que deriven de dicho establecimiento deben pagar impuestos en México cuando obtengan ingresos por los siguientes conceptos:
Salarios, honorarios, arrendamiento de bienes inmuebles y muebles, contratos de servicio turístico de tiempo compartido, enajenación de acciones, regalías, premios, otros ingresos provenientes de fuente de riqueza en México etc.”, señala el SAT.
Es decir, las obligaciones fiscales de los extranjeros que sean personas físicas residentes en México son las mismas que las de una persona física nacional.