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Las letras chiquitas de la declaración

En tu declaración anual considera aspectos clave como que no se te devolverá ISR por el pago del colegio de tus hijos si la escuela no está registrada en el SAT, ni te deducirán facturas médicas pagadas con efectivo.

Las personas físicas y asalariadas tienen el derecho de deducir gastos personales para la declaración anual de 2015, pero para que las deducciones por tus gastos personales apliquen, no olvides estos consideraciones.

Las deducciones por el pago de colegiaturas no se contabilizan dentro del límite a las deducciones, pues se consideran un incentivo.
Aunque es muy importante que las instituciones educativas estén en la lista de escuelas autorizadas por el SAT o las deducciones no aplicarán, indicó Claudia Covarrubias, administradora central de Servicios Tributarios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Recuerda que puedes deducir sólo los montos catalogados por el SAT de acuerdo al nivel escolar. Para preescolar 14 mil 200 pesos; primaria 12 mil 900 pesos; secundaria 19 mil 900 pesos; profesional técnico 17 mil 100 pesos y bachillerato o su equivalente, 24 mil 500 pesos.

TIPS
*Lo máximo que puedes deducir de donaciones es 7 por ciento de tus ingresos anuales.
Se consideran fuera del límite establecido por el SAT.

*Si deducirás intereses reales pagados por créditos hipotecarios, opta por la declaración pre cargada con opción a cambios.

*Paga servicios médicos y dentales con tu tarjeta; no es deducible si es pagada con la de un tercero. La factura debe describir el concepto.


Los límites son para cada estudiante y sólo pueden ser deducibles para la educación del mismo contribuyente, cónyuge o hijos. Toma en cuenta que las inscripciones o reinscripciones no son deducibles.

Recuerda que para la deducción de gastos médicos o dentales, los pagos deben ser con medios electrónicos, por ejemplo transferencias electrónicas, tarjetas de crédito y débito.

Es importante que el pago de estos servicios sea con la tarjeta del contribuyente, pues no aplica si fueron pagados con la tarjeta de alguien ajeno, explicó Covarrubias.

De hecho, de todos los gastos personales que puedes deducir, sólo los donativos a instituciones autorizadas por el SAT y el pago por servicios funerarios pueden ser pagados en efectivo.

Todos los demás: lentes ópticos graduados hasta por 2 mil 500 pesos, colegiaturas, transporte escolar, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación, aportaciones complementarias de retiro para planes personales e impuestos locales por salarios deben ser pagados con cheque, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o de servicios.

En la factura viene el detalle sobre el modo de pago y esto lo coteja la autoridad. Si fue pagado en efectivo, la deducción no procederá, aunque se haya expedido factura electrónica.

Recuerda que las deducciones no deberán rebasar lo que resulte menor al 10 por ciento del salario anual o al equivalente a cuatro salarios mínimos anuales (98 mil pesos).

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