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Prepárate este mes para tu declaración anual

Este mes deben presentar su declaración anual las personas físicas que hayan obtenido ingresos por honorarios, rentar bienes inmuebles, realizar actividades empresariales, excepto Repecos, por enajenar y adquirir bienes, percibir salarios e intereses y por ingresos de inversiones en el extranjero e intereses moratorios.

CIUDAD DE MÉXICO.- Las personas físicas están obligadas a presentar del 1 al 30 de abril su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Aunque los cambios contemplados en la Reforma Fiscal aún no surtirán efectos en la declaración que se presenta este mes, es importante estar preparado para cumplir con los requisitos fiscales que pide el SAT.

Si has prestado servicios a más de dos empleadores, si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre o bien has obtenido ingresos anuales por salarios y/o conceptos asimilados a salarios que excedan 400 mil pesos anuales, debes presentar tu declaración anual antes del 30 de abril de este año.

Un trabajador puede informar a su empleador que realizará la declaración anual por su cuenta.

Con base en cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), este año se estima que se devolverá Impuesto Sobre la Renta por 6 mil millones de pesos a poco más de un millón de asalariados. En 2013, Hacienda hizo 800 mil devoluciones con un valor de 5 mil 300 millones de pesos.

De ser aplicable, los recursos se devuelven en un periodo de cinco días, por lo que el contribuyente deberá capturar el nombre del banco y su cuenta Clabe en la que desee recibir su devolución.

Juan Manuel Franco, vicepresidente de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), expuso en entrevista, que es importante que los contribuyentes comiencen a preparar sus comprobantes fiscales relativos a las deducciones personales.

Las deducciones que los asalariados pueden incluir en su declaración de este año, para el ejercicio 2013, y obtener un saldo a favor son principalmente: gastos por honorarios médicos y dentales, pago de colegiaturas, primas por seguros de gastos médicos mayores, intereses reales pagados por créditos hipotecarios, aportaciones adicionales a sistemas y planes de retiro o pensiones, entre otras.

Los ingresos por rentas, ganancias cambiarias e inversiones en el extranjero también deben de contemplarse en la declaración anual.

Recuerda que para el ejercicio del presente año, a presentarse en 2015, los intereses hipotecarios serán deducibles en función de que la casa habitación no exceda de un millón 500 mil Unidades de Inversión (UDIs), mientras que la tasa de Impuesto Sobre la Renta (ISR) variará dependiendo de los ingresos anuales del contribuyente de 30 hasta 35 por ciento.

"A partir de este año se debe contemplar que el monto de las deducciones personales topa en cuatro salarios mínimos anualizados, por lo que hay que cuidar las limitantes que establece la ley vigente a partir de 2014 para la declaración que se presentará en 2015", recordó.

ANTICÍPATE

Para presentar la Declaración Anual 2013, los contribuyentes cuentan con la plataforma electrónica en la página del SAT. Ésta contiene los campos necesarios para que presenten fácil y rápidamente su declaración.

No obstante, en días pasados el sistema registró algunos problemas para incorporar las declaraciones de impuestos. A este respecto, Franco recomendó permanecer atentos al funcionamiento de la plataforma del SAT para cumplir puntualmente con la obligación fiscal.

"Es importante que los contribuyentes revisen bien su situación fiscal para no incurrir en irregularidades con el SAT", señaló.

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