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¿Se pueden deducir los gastos médicos por COVID-19?

La atención médica del coronavirus requiere de gastos en análisis clínicos y estudios de laboratorio, honorarios médicos y de enfermeras, gastos hospitalarios y medicinas.

Cuando se trata de la salud no hay dinero que alcance, una enfermedad podría consumir los ahorros familiares, por eso es útil saber que hay gastos médicos deducibles de impuestos, lo que puede ser un alivio al bolsillo de las personas que tuvieron que hacer un desembolso no previsto para atender la enfermedad del COVID-19.

La atención médica del coronavirus implica en general un gasto en análisis clínicos y estudios de laboratorio, honorarios médicos y de enfermeras, gastos hospitalarios y medicinas. Si la enfermedad se trata en el sector privado, todo el gasto correrá a cargo del paciente, mientras que en el sector público algunos gastos los absorberá la institución.

La prueba que se realiza en los laboratorios privados para detectar COVID-19 se trata de un estudio de laboratorio y por lo tanto deducible de impuestos, aunque en algunos laboratorios la prueba está incluida en un "paquete" con otro tipo de análisis clínicos.

De acuerdo con el SAT, los gastos de laboratorio y medicamento son deducciones personales siempre y cuando sean gastos hospitalarios, es decir, que las medicinas se hayan comprado en el hospital y que la persona haya sido hospitalizada.

Para que los gastos médicos sean deducibles deberás pedir factura y pagar con transferencia electrónica, cheque, tarjeta de débito y crédito.

Roberto Cardona, socio de la Práctica Fiscal de Baker McKenzie, indicó que la prueba para detectar COVID-19 "sí puede entrar como gasto médico dentro de las deducciones personales para persona físicas, aunque sería una deducción que ya no entraría en la declaración anual de este año sino hasta el próximo año".

Indicó que si las personas optan por atenderse en el sector privado, se tendrá que considerar que será un gasto importante y las deducciones personales tienen un límite.

El monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco UMAS anuales (154,110 pesos) o el 15 por ciento del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

El límite de 154 mil 110 pesos corresponde al valor de la UMA en 2019, dado que este mes se presenta la declaración anual del ejercicio fiscal de 2019, pero para 2020, el monto límite de las deducciones será de 158 mil 469 pesos, y es el que deberán tener en cuenta los contribuyentes que en estos días pidan facturas por gastos médicos.

Alberto Castelló, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, apuntó que las personas pueden deducir los gastos hechos para la familia, es decir, para el cónyuge o hijos, pero la factura debe estar pagada desde la cuenta del contribuyente que quiere deducir los gastos médicos.

"Cuando se facturan gastos hospitalarios como quirófano, la habitación y los medicamentos que se tuvieron que utilizar durante la hospitalización, van a quedar incluidos en la factura de gasto hospitalario y son deducibles. Los medicamentos que se tengan que comprar después fuera del hospital, esos ya no son deducibles.

"También se permite deducir los honorarios a enfermeras porque puede ser que el paciente puede solicitar de este servicio después de la hospitalización, a las enfermeras hay que pagar con transferencia o tarjeta para que sea un gasto deducible, esto es lo mismo para estudios clínicos de laboratorios", expuso.

A considerar

-Para que los gastos sean deducibles debes pedir factura y pagar con transferencia electrónica, cheque o tarjeta.

-El monto límite de las deducciones para la declaración del próximo año en gastos médicos es de 158 mil pesos.

-También se pueden deducir los honorarios a enfermeras, pero se debe pagar con transferencia o tarjeta bancaria.

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