Este 2022 se cumplen los primeros 10 años de la publicación del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, por lo que después de 45 diferentes modificaciones a dicho ordenamiento la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía; comparte las adecuaciones al citado ordenamiento mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 09 de mayo de 2022; las cuales entraron en vigor al día siguiente de su publicación.
Desde la estética del citado Acuerdo mediante su cambio de estructura, expresa los requisitos que debe contener las promociones ante dicha dependencia, la forma de las notificaciones de los diversos trámites, la facultad de revisión de la veracidad de la información presentada por los particulares mediante una visita de verificación, ya sea a través de las oficinas de la propia dependencia o mediante el apoyo de personal de dependencias federales, estatales o municipales o con las que se hayan celebrado Convenios de Colaboración; así como la participación activa de Corredores Públicos habilitados, lo que elimina la participación de los Notarios Públicos para la presentación opcional de la fe de hechos en las solicitudes de autorización y su alternancia con dicha visita de inspección o verificación.
Como ejemplo de lo anterior, en la autorización de un nuevo programa IMMEX en su período preoperativo se habla de la homologación de la fecha de presentación del Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior para empresas IMMEX que cuenten a su vez con programa PROSEC, ALTEX y/o ECEX; así mismo, menciona algunas especificaciones en las solicitudes como del proceso productivos que coincida con el objeto social, las obligaciones de mantener actualizado de manera permanente el domicilio die las plantas, bodegas y almacenes, al igual que el registro de submanufactura, la denominación o razón social, RFC, los socios y/o accionistas, el representante legal y domicilio fiscal; los casos de fusión o escisión de empresas que cuenten con programa IMMEX, la solicitud de suspensión temporal de importación, entre otros.
Se reconoce la labor y el esfuerzo de simplificación por parte de la secretaría de Economía, sin embargo, la operación aduanera y de comercio exterior de nuestro país aún sufre de obesidad normativa anquilosando lo atractivo de sus programas de fomento de comercio exterior.
En este sentido se desaprovecha la oportunidad de considerar, no sólo a las empresas IMMEX que cuentan con la Certificación IVA e IEPS, sino también a las que cuenten con la Certificación como Operador Económico Autorizado para el otorgamiento de beneficios como gobierno (que las dependencias que tienen relación con trámites de comercio exterior, reconozcan ambas certificaciones y les otorguen beneficios administrativos y operativos), y no como dependencias aisladas, así como de analizar la duplicidad de requisitos de información entre dependencias y su carga administrativa, mediante un ejercicio integral, crítico, objetivo y transparente.
Los retos que implica el implementar un despacho ágil de mercancías y una cadena de suministro resiliente, adaptable y flexible; requiere que se reduzca al mínimo la complejidad del contexto normativo. Tal como lo señala la publicación del Decreto Promulgatorio del Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se Establece la Organización Mundial del Comercio, hecho en Ginebra el 27 de noviembre de 2014 (Acuerdo sobre Facilitación del Comercio), publicado en el DOF del del 06 de abril de 2017: que no se mantenga lo que no es necesario.
Dr. Jorge Moreno, asesor del Comité de Comercio Exterior de Index Nuevo León.
Contacto: comites@indexnuevoleon.org.mx