Monterrey

Marco Quiroz: Estados Financieros y Declaración Anual de Personas Morales de 2022

Para 2023, la autoridad fiscal ha actualizado nuevamente la declaración anual de personas morales, ya que se agregan a la misma los cuatro estados financieros básicos de manera comparativa.

Estimado contribuyente, es un hecho de que la autoridad tributaria en el afán de mejorar su eficiencia recaudatoria se ha apoyado no solo en las nuevas tecnologías, sino también en las Normas de Información Financiera (NIF), debido a que éstas representan un estándar que establece una normatividad técnica regulatoria que permite que los usuarios de la información financiera puedan hacer un análisis confiable, relevante, comprensible y comparable para tomar mejores decisiones; y recordemos que las unidades gubernamentales son uno de los usuarios de la información financiera, tal como lo señala el inciso i) del párrafo 8 de la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.

Para dar fe de ello, basta poner de ejemplo que en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) se menciona nueve veces a las NIF, mientras que en otras ocasiones hace referencia a normas contables aplicables, ya sean NIF, USGAAP, IFRS o cualquier otro, como lo menciona la Regla 2.8.1.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

Asimismo, podemos ver que actualmente existen muchos conceptos que se correlacionan contable y fiscalmente, como el costo de adquisición de las propiedades, planta y equipo (párrafo 44.2.1.1 de la NIF C-6, Propiedades, planta y equipo) y el monto original de la inversión (artículo 31, segundo párrafo de la LISR); o el costo de adquisición de inventarios (párrafos 44.3.1 a 44.3.2 de la NIF C-4, Inventarios) y el costo de lo vendido (artículo 39 de la LISR).

También la autoridad ha empezado a vincular lo contable con lo fiscal a través del CFDI, ya que el Método de Pago en Parcialidades o Diferido (PPD) está correlacionado al postulado de devengación contable, el cual señala que los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que la han afectado económicamente, deben reconocerse contablemente en su totalidad, en el momento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideren realizados para fines contables (párrafo 27 de la NIF A-2, Postulados básicos).

Para 2023, la autoridad fiscal ha actualizado nuevamente la declaración anual de personas morales, ya que se agregan a la misma los cuatro estados financieros básicos de manera comparativa. Hasta la declaración relativa a 2021, la autoridad solicitaba el estado de situación financiera (NIF B-6), y el estado de resultados (NIF B-3), y únicamente por el ejercicio a presentar.

A partir de la declaración correspondiente al ejercicio 2022, a presentarse a más tardar el próximo 31 de marzo de 2023, las personas morales que no manifiesten que presentarán dictamen de estados financieros o ISSIF, deberán presentar, además de los dos estados financieros señalados en el párrafo anterior, los estados de flujo de efectivo (NIF B-2) y de cambios en el capital contable (NIF B-4), por los ejercicios 2021 y 2022.

De acuerdo con el párrafo 37 de la NIF A-3, los estados financieros son la manifestación fundamental de la información financiera; su propósito general es proveer información de una entidad acerca de su situación financiera, del resultado de sus operaciones y los cambios en su capital contable y en sus recursos o fuentes. Y esto va en concordancia con lo mencionado en la fracción VI del apartado B del artículo 33 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, el cual menciona que los registros contables deberán formular los estados de posición financiera, de resultados, de variaciones en el capital contable y de origen y aplicación de recursos.

Se observa que el aplicativo realizará cruces entre diversas cuentas de los cuatro estados financieros para verificar que correspondan entre sí, además de permitir la inclusión de notas a las cuentas maestras que el contribuyente considere necesarias para una mejor interpretación por parte de la autoridad fiscal.

Derivado de estos cambios y de la importancia de una adecuada presentación de las distintas partidas que integran los estados financieros, te recomiendo que te asesores con un Contador Público Certificado que te apoye a recabar oportunamente todos los datos que se requieren para el llenado del aplicativo y a revisar a detalle la información financiera de la empresa mediante los métodos de análisis de estados financieros que considere necesarios, de esta manera reducirás el riesgo de revisiones y posibles sanciones, además de lograr un mayor entendimiento de tu negocio.

Las autoridades tributarias ya están aprovechando todas las herramientas disponibles a su alcance para evaluar y utilizar mejor la información financiera de tu negocio… ¿Qué estás esperando tú?

El autor es Miembro de la Comisión de Normas de Información Financiera.

Contacto: inqapital@gmail.com

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