Monterrey

Marco Pérez: ¿Sobre estima Inegi el crecimiento real del PIB en 2022?

Desde que el INEGI reportó el crecimiento real de la economía al tercer trimestre del año pasado, sorprendiendo a propios y a extraños por el increíble dato de 4.3% en términos reales, (con respecto al mismo trimestre del año anterior) cuando el crecimiento en los primeros dos trimestres había sido de solo un 1.9%, es decir, el crecimiento del PIB real aumentaba en 2.3 veces, publiqué en mi artículo semanal en este diario, una duda razonable sobre el deflactor que estaría utilizando el INEGI para determinar ese crecimiento real, sin embargo, aún no se publicaban los datos del PIB nominal, por lo que no era posible sacar conclusiones, además de que el dato relevante era el PIB anual, por lo que había que esperar.

Posteriormente, el INEGI publicó que el crecimiento real para el año 2022, lo estimaba en 3.0% utilizando sus modelos de predicción, por lo que de nuevo, había que esperar a que publicara el dato del valor del PIB nominal, el cual se genera con mayor rezago.

Publicados ya por el INEGI los datos oficiales del PIB NOMINAL a pesos corrientes de 2022, donde se determina que alcanzó los $28,463.8 miles de millones de pesos y considerando que el PIB registrado en 2021, fue de $25,803.5 miles de millones de pesos, se determina que el crecimiento nominal del PIB en 2022 fue de 10.3%, de tal suerte, si el PIB REAL crece al 3%, como ya lo había adelantado el propio INEGI, se infiere que el DEFLACTOR IMPLÍCITO de precios del PIB, que utilizó el INEGI, es de 7.1%.

Sin embargo, en documentos oficiales que publica la Secretaría de Hacienda, como es el de Criterios Generales de Política Económica, en este caso para el año 2023, específicamente en el Cuadro de la página 149 del documento, presenta su estimación de deflactor del PIB para 2022 y lo establece en 8.0%.

Como sabemos, el índice de precios implícito del PIB aplica a cifras y datos macro, por lo que la inflación en las operaciones al mayoreo, es más apropiada que el INPC para aproximar el valor del deflactor del PIB, y atendiendo a la evolución de la inflación al mayoreo, medida por el Índice nacional de precios productor (INPP) en 2022, se tiene que en promedio, los precios o la inflación al mayoreo, durante 2022, alcanzó el 8.9% anual, por lo que incluso la estimación propia de la Secretaría de Hacienda, de un deflactor del 8.0%, luce moderada.

De tal suerte, considerando que durante 2022 los precios al mayoreo aumentaron en 8.9% en promedio, con respecto a 2021, (el INPP) está más que justificado pensar que el 7.1% de deflactor utilizado por el INEGI, para determinar que el PIB real creció en 3% durante 2022, está subestimado, lo que indica que el crecimiento real determinado para el PIB de 2022, está sobre estimado.

Si se aplicara el deflactor que determina la SHCP, de 8.0%, el crecimiento real del PIB durante 2022 sería de 2.1%, mientras que si se aplica el promedio del INPP, de 8.9%, el crecimiento real de la economía durante 2022 sería de solo 1.3% y no de 3%.

Pasando a otro tema, algunos lectores me han preguntado si iba a escribir un artículo con relación a la venta de activos que está concretando Iberdrola con el Gobierno Federal, y les he contestado que aún no se dan a conocer algunos detalles de la operación, que son fundamentales para emitir una opinión documentada al respecto.

Lo anterior, tanto en relación al papel que va a jugar el FONADIN, en particular si va a aportar capital de riesgo, y cuanto, así como en qué calidad va a operar la CFE estas plantas eléctricas, si las va a rentar y solo la energía producida será propiedad de la CFE, si las va a operar tipo “outsourcing” para los nuevos dueños, (el fondo privado MIP) o si va a adquirir en propiedad estos activos, mediante un esquema financiero tipo PIDIREGAS que aún maneja la CFE, que es parecido a un arrendamiento financiero a largo plazo, mediante el cual se liquida el valor de las plantas, registrando el gasto de inversión de manera diferida, lo que evita incrementar el pasivo de la operación de manera inmediata, como nueva deuda pública.

Lo que está claro, es que independientemente de que el Gobierno Federal avale o no, la deuda que llegue a contratar el FONADIN, por ser fideicomiso público, todos sus pasivos forman parte de la deuda pública, por disposición expresa de la fracción VI del artículo 1 de la Ley Federal de Deuda Pública.

Y si bien es cierto que sus operaciones no se consolidan dentro del sector público presupuestal, por lo que sus resultados de operación no se integran al balance presupuestal, sus requerimientos de deuda, para operar, sí afectan el monto de los requerimientos financieros del sector público federal, sus pasivos se contabilizan dentro de la deuda pública y cuentan para el cumplimiento del techo de endeudamiento aprobado por el Congreso, el cual se detalla en el artículo 2 de la LIF de cada año.

También queda claro que Iberdrola no abandona el País, ya que conservará casi el 20% de sus activos en propiedad y los mantendrá en operación, particularmente los de energías limpias, donde concentrará su crecimiento futuro.

La compañía española recibirá una importante cantidad de dinero que le permitirá reforzar sus programas de inversión con fuentes limpias y renovables, y los mercados respondieron favorablemente, apreciando el valor de sus acciones.

Por otro lado, esta operación cancelaría las demandas y los juicios en proceso donde Iberdrola está demandando indemnizaciones al Gobierno Federal, por las afectaciones recibidas con motivo de las nuevas disposiciones de la Ley Eléctrica, y se le obligó a dejar de operar, por lo que en opinión de algunos abogados especializados en el tema, Iberdrola tiene muchas probabilidades de ganar estos juicios.

En ese escenario, el Gobierno Federal tendría que pagar y la empresa conservaría la totalidad de sus activos.

La operación no incrementa la capacidad instalada de generación de energía eléctrica en el País, y esos recursos, alternativamente, podrían haber sido invertidos en generar mayor capacidad para la CFE, pero no se desactivaba la contingencia de un fallo legal en favor de Iberdrola.

Finalmente, la operación no es una “nacionalización” y mucho menos una “expropiación” de estos activos, y si se le quiere poner un calificativo, sería una “mexicanización” de estas plantas, ya que dejarían de ser propiedad de extranjeros, para pasar a manos mexicanas.

Y como dice un refrán popular, más vale un mal arreglo, que un buen pleito.

Teniendo ya todos los datos disponibles, se podría proceder a una evaluación del costo beneficio de la operación.

Como voy a salir por unas 3 semanas fuera del País, procuraré darme tiempo para estar al pendiente de las novedades en materia económica y poder seguir escribiendo sobre temas de actualidad, y seguir en contacto con mis amables lectores.

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