Monterrey

Miguel Moreno Tripp: T+1

En México se considera mercado cash a todas las transacciones pactadas y liquidadas en un plazo menor a 96 horas, es decir cuatro días hábiles.

De acuerdo con el glosario de pagos del Federal Reserve Bank of New York, la Liquidación es “El paso final en la transferencia de propiedad que implica el intercambio físico de valores y/o el pago … En una transacción de instrumentos financieros, la liquidación incluye tanto la transferencia de valores por parte del vendedor como el pago por parte del comprador …” La Fecha de liquidación es “… en la que las partes de una transacción acuerdan que se llevará a cabo la liquidación”, y llevándose a cabo a través del Sistema de Liquidación de Valores que es “… El conjunto completo de acuerdos institucionales para la confirmación, compensación y liquidación de operaciones de valores y la custodia de valores”.

De acuerdo con un boletín de la U.S. Securities and Exchange Commission, “… El 15 de febrero de 2023, dicha Comisión adoptó enmiendas a las reglas para acortar el ciclo de liquidación estándar para la mayoría de las transacciones de bolsa de “T+2″ a “T+1″, sujeto a ciertas excepciones. La fecha de cumplimiento de las modificaciones de la regla es el 28 de mayo de 2024, momento en el que el ciclo de liquidación estándar será T+1.” Es decir, ya está vigente.

Anteriormente el ciclo era T+2. La T representa el día que se pacta la operación y el dos implicaba que se liquidaba (pago y recepción de títulos) en dos días hábiles.

En el contexto de tipo de cambio e inclusive lo relacionado a commodities se le conoce como una cotización spot. Solo por comentar, en México se considera mercado cash a todas las transacciones pactadas y liquidadas en un plazo menor a 96 horas, es decir cuatro días hábiles, ya que, de acuerdo con la Circular 8/2015 que modificó a la Circular 4/2012 de Banco de México, “… Las Operaciones Adelantadas (Forwards) deberán vencer en una fecha posterior al cuarto Día Hábil siguiente al de su concertación”.

La liquidación se estableció desde la Secuirities Exchange Act of 1934 y posteriormente se modificó con el establecimiento en 1975 tanto de una cámara de compensación como con la reducción del T+3 (se hablaba de ¡T+0!).

Desde luego que (ya desde hace tiempo), la tecnología permitiría “dar el enter” e instantáneamente hacer la liquidación. Realmente no se quiere eso, siempre es mejor dejar un poco de holgura … para prevenir, en la medida de lo posible, hasta fraudes. No fue a causa del tiempo de liquidación, pero sí por tener controles que pudimos detectar una operación fraudulenta que, solo porque el ex trader devolvió lo mal habido, no acabo en la cárcel.

En México, la Contraparte Central de Valores y la AMIB desde el 12 de julio de 2023, avisaron del cambio que ya se estaba gestando y que iba a afectar a “… Los valores nacionales del mercado de capitales y los listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones (SIC), que en su listado declaran como mercado principal a los mercados de Los Estados Unidos de América y Canadá”.

En ese mismo comunicado se indicaba como fecha objetivo para la transición en México el 27 de mayo de 2024.

No nos damos cuenta de que los mercados financieros de México son desarrollados -a pesar de la penetración bancaria tan baja-, están interconectados con el resto del mundo y a su vez, al mundo le interesan los mercados mexicanos.

Ps 1. A la hora que se lea esta columna, ya se sabe quién será la próxima presidenta de México. Ojalá no nos hayamos equivocado. Las siguientes generaciones serán las que paguen las consecuencias (malas o buenas).

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