Monterrey

Miguel Moreno Tripp: Emisoras simplificadas

El 13 de abril de 1993 se publicó en el diario oficial la Circular 11-22. En sus considerandos inidicaba “Que es conveniente dictar medidas para facilitar el acceso de empresas mediante recursos de largo plazo, apoyando la reducción de sus costos de capital y el financiamiento de sus procesos de expansión y modernización;

Que el establecimiento de una nueva subsección para la inscripción de acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, representa el vehículo formal para que dichos títulos puedan ser materia de oferta pública y de intermediación en el mercado de valores …” Se creó la subsección B para empresas con un capital de N$ 20,000,000 [SIC], es decir, empresas medianas para ese entonces. Desafortunadamente, no prosperó.

El 30 de diciembre de 2005, en lo que era la nueva Ley del mercado de valores se crearon las figuras de Sociedad Anónima Promotora de Inversión (SAPI), la Sociedad Anónima Promotora de Inversión Bursátil (SAPIB) y la Sociedad Anónima Bursátil. La intención era que las empresas fueran evolucionando (se puede argumentar que principalmente) en su gobierno corporativo. Inclusive, se llegó a tener en un proceso muy avanzado a un banco Guatemalteco para hacer su oferta pública inicial en la Bolsa Mexicana de Valores. Desafortunadamente, se atravesó la crisis del 2008 – 2009.

Esta sección de la columna está basada en una nota preparada por Viridriana Gutierrez. “El pasado 21 de enero, se emitieron nuevas regulaciones al mercado de valores con el objetivo de dar un mejor acceso al financiamiento a través del Mercado de Valores. La modificación de la “Inscripción Simplificada” simplifica el proceso para que principalmente empresas pequeñas y medianas puedan emitir diversos tipos de valores.

Con modificaciones en la cantidad, tipo, serie o monto de los valores, ya sean acciones, instrumentos de deuda o valores respaldados por activos, así como estructurados …

Hay 3 tipos de emisoras: la emisora simplificada de acciones, la cual tiene monto máximo por emisión y acumulado por ejercicio social de hasta 1,250′000,000 UDIS; la Emisora simplificada Nivel I, con un monto máximo por emisión de hasta 75′000,000 UDIS … y la Emisora simplificada Nivel II, con un monto máximo por emisión y acumulado por ejercicio social de hasta 1,250′000,000 UDIS.

Las emisoras que quieran emitir acciones deberán adoptar la modalidad de sociedad anónima promotora de inversión bursátil, implementando como mínimo los elementos de gobierno corporativo establecidos en la Ley del Mercado de Valores …

Los Valores objeto de Inscripción simplificada únicamente podrán ser ofrecidos a inversionistas institucionales y calificados. Se considera como inversionista calificado a toda persona cuyas inversiones durante los últimos 12 meses, en promedio, sean equivalentes a por lo menos 1′500,000 UDIS o tener en los últimos dos años el monto igual o mayor a 500,000 UDIS como ingresos brutos anuales”.

Está amplio el menu: Deuda, capital, estructurados y valores respaldados por activos (valores con una fuente de pago especifica).

Pero no todo es del lado de los legisladores, reguladores, del mercado, los intermediaros y asesores. No. Debe haber un cambio de mentalidad del empresariado para estar al tanto de los avances y desde luego, aprovecharlos. Banco de México publica un informe trimestral de financiamiento de las empresas en México: alrededor del 66% de las empresas se financía con proveedores. ¿Cómo competir con empresas americanas y de otras latitudes que “corren” (vuelan, dijo el otro) financiandose con deuda y capital?

Que bien que se haya dado esta nueva iniciativa y se le desea el mayor de los éxitos. Como dicen los americanos, Third time is the charm o como decimos, ¡la terecera es la vencida!

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