Monterrey

Miguel Moreno Tripp: Ley General de Sociedades Cooperativas

La Ley General de Sociedades Mercantiles, fue publicada en el DOF en agosto de 1934 por el entonces presidente Abelardo L. Rodríguez.

El Art. 1 indica que “… reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles: […] Sociedad anónima; […] Sociedad cooperativa […]”. La LGSM que ya se enfila a los 100 años, refiere que “Las sociedades cooperativas se regirán por su legislación especial”. (Las sociedades que cotizan en las Bolsas se rigen por la Ley del Mercado de Valores).

Desde la Constitución, el Art. 28 menciona que “No constituyen monopolios […] las sociedades cooperativas de productores para que […] vendan directamente en los mercados extranjeros los productos nacionales que sean la principal fuente de riqueza de la región […]”.

La Ley General de Sociedades Cooperativas fue publicada en 1994 por el entonces Presidente Salinas De Gortari. Tuvo una reforma en enero de 2018. El Art. 2 indica que “La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios”.

La iniciativa que se presentó en su momento para la reforma de 2018 plantea puntos interesantes que cobran total relevancia actualmente. He aquí algunos puntos con énfasis añadido:

“La actividad cooperativa, por su gran capacidad generadora de empleos […] son regidas por una legislación especial que las considera como una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática y social, distintas […] a las organizaciones con fines de lucro […] en el periodo 1927-1933 se produjeron incipientes intentos […] la primera Ley General de Sociedades Cooperativas fue promulgada por Lázaro Cárdenas […] tuvo vigencia hasta 1994 ·cuando fue indispensable aprobar una ley que empatara con la exigencia mundial de mercados abiertos”.

“La apertura comercial y financiera de nuestro tiempo […] demandan mayores esfuerzos comunes para solucionar los problemas de alta responsabilidad”.

“[…] el 14.3 % de una población mundial aproximada […] trabaja en una organización cooperativa y mutualista […] Las cooperativas en el mundo contribuyen de forma determinante a un desarrollo económico integral, pues la riqueza que se genera se distribuye entre los cooperativistas de una manera más equitativa […]”

“[…] las responsabilidades y los beneficios se reparten de manera democrática y con criterios de solidaridad y generosidad humanas”.

“En México operan miles de cooperativas, en su mayoría de consumo y producción de bienes, y participan en ellas más diez millones de personas, que se topan con escaso acceso al financiamiento público y privado, lo cual obstaculiza su funcionamiento […]”

“Aunque no se tienen cifras sobre la contribución de las cooperativas al PIB mexicano, se ha podido medir que, en 17 de los 32 estados, 200 instituciones autogestionarias muestran un peso relativo de importancia en el desarrollo regional”.

Esto bien pudo ser escrito hoy en día: “México necesita redoblar el esfuerzo para fortalecer el mercado interno” El instrumento existe, no se diga la necesidad al ya no contar con socios comerciales internacionales. Esto está más que vigente. ¿Qué esperan quienes despotrican contra los empresarios? Lo malo es que jamás se escuchará promover las sociedades cooperativas porque tienen telarañas mentales que no saben crear bienestar.

Ps 1. ¿Es natural que haya fosas clandestinas? Están para llorar. Lo natural es que no hubiera crimen organizado. La estulticia del pasado sexenio normalizó la criminalidad. No habría necesidad de cuantificar dizque campañas en su contra si se pusieran a hacer su trabajo.

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