Monterrey

Reforma sin CIUDADANÍA

A la sociedad se le exige un 40 por ciento de participación en las urnas para que una consulta popular sea vinculante.

El Estado tiene una deuda histórica con la población porque ha desatendido persistentemente la educación cívica, y esta reforma mantiene ese rumbo. Los debates son una misa entre curas sin atender a feligreses; son Tigres y Rayados hablando del árbitro sin que les importe un estadio vacío al 70 por ciento. El abstencionismo crece y nadie pone en la mesa que ese es el problema político electoral que enfrenta el sistema. Se debate sobre la colocación de urnas y se olvida que éstas se justifican si hay una ciudadanía que las usa.

La deuda histórica inicia con educación básica, que es mala y lo ha sido por décadas. Las materias que construyen ciudadanía tienen flojos planes de estudio: Civismo e Historia. Con estas deficiencias salieron los niños del baby boom, la generación x y los mileniales. El 60 por ciento de los centeniales –personas que nacieron a partir del año 2000– abandonarán las aulas a los 15 años y cuando estén a punto de votar por primera vez, muchos ya enfrentarán las responsabilidades de crianza. La mayor parte de la ciudadanía de la lista nominal está fuera de las aulas y cada vez le interesa menos, le alcanza ni le pasa por la cabeza ir a un estadio donde jugadores y árbitros se la pasan discutiendo hasta terminar jugando una cascarita para ellos y entre ellos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) habla sobre el "amor a la patria"; de manera enunciativa menciona dos veces a la "educación cívica" –esta reforma propone eliminar una–, y en una ocasión habla de la "participación ciudadana". La Ley General de Partidos Políticos (LGPP) la menciona una vez para nombrar un puesto directivo obligatorio. La Ley General de Instituciones y Procedimientos Políticos (LGIPE) es la que más veces menciona a la educación cívica porque hay una dirección de capacitación electoral que tiene el colofón de la educación cívica. En la CPEUM se usan casi la mitad de las páginas para regular las elecciones y colocar urnas, (artículo 41), la LGPP y LGIPE existen por y para las elecciones, de pasada se menciona lo relativo a la ciudadanía que tendría que usar las urnas.

El sistema electoral y la desatendida educación cívica no sólo competen al INE-OPLE, también los tribunales electorales, las fiscalías y los partidos políticos tienen esta función, aunque sea enunciativamente. A la ciudadanía se le exige un 40 por ciento de participación en las urnas para que una consulta popular sea vinculante ¿Por qué no se exige lo mismo a los partidos políticos para que su elección sea válida? Si entendemos que el interés partidista es ganar elecciones, entonces el interés público sería la atracción de militancia a través de la construcción de ciudadanía. Así, los tribunales y autoridades administrativas entenderían que el fortalecimiento del sistema de partidos es coadyuvar en la construcción de ciudadanía.

Tampoco los mecanismos de participación ciudadana están legislados para la ciudadanía, sólo organizaciones mayores y con amplia cobertura lograrán sortear los criterios de legitimidad exigidos, además del acuerdo político que se requiere para cruzar las enormes lagunas de discrecionalidad. No es percepción, es un diagnóstico en América Latina. Los resultados en México concluyen que estos instrumentos de democracia directa están diseñados para ser utilizados por partidos políticos.

Si hay voluntad política para fortalecer a la ciudadanía tendría que mudar la perspectiva de una reforma electoral y es en términos de educación cívica. Esto es, debatir entre curas pensando en feligreses, dedicarse a respetar las reglas para regocijo de la afición regia.

La autora es Consejera Electoral en el estado de Nuevo León y promotora del cambio cultural a través de la Educación Cívica y la Participación Ciudadana.

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