Monterrey

Tendría hasta nueve años de prisión quien emita facturas falsas

Nuevo León es el tercer estado con mayor número de empresas “factureras”.

Las personas físicas o morales que expidan, enajenen, compren o adquieran comprobantes o facturas fiscales que amparen operaciones inexistentes se harán acreedores de una sanción de dos hasta nueve años de prisión, indicaron expertos de Training 3H, operada por Desarrollo Humano 2011, de Caf-SIAC Contadores.

"Se impondrán sanciones de dos a nueve años de prisión a quien expida, enajene, compre o adquiera comprobantes o facturas fiscales que amparen operaciones inexistentes, en este caso documentos apócrifos", indicaron en un panel los expertos Nora Flores, directora de la firma CYA Flores; Enrique Iglesias Elizondo, director de la firma Iglesias Abogados y Rafael Chapa, director de CAF-SIAC Contadores.

Agregaron que, "también será sancionado con las mismas penas, al que permita o publique a través de cualquier medio el anuncio para la adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes."

"Los responsables solidarios fiscales serán los directores, gerentes generales y administradores de las empresas." "Serán responsables solidarios por las contribuciones omitidas durante su gestión, en la parte de interés fiscal que no alcance a ser garantizado."

De acuerdo al SAT, con información divulgada en junio pasado, a nivel nacional, Nuevo León es el tercer estado con mayor número de empresas "factureras", solo por debajo de Jalisco, con 804, y la Ciudad de México, con mil 064.

"La creación de las 8 mil 204 empresas "factureras" provocaron una evasión de 354 mil 512 millones de pesos, aseguró el SAT.

Los expertos puntualizaron que la ley federal contra la delincuencia organizada contempla que cuando tres o más personas se organizan en forma permanente o reiterada, y realizan conductas que tienen como fin cometer un delito serán sancionadas y calificadas como delincuencia organizada.

Explicaron al respecto que se consideran delitos que ameritan prisión, el contrabando y su equivalencia; la defraudación fiscal y la expedición, venta enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Advertising
Advertising