Nacional

Tribunal reajusta congreso de Nuevo León para lograr la paridad de género

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó el reajuste del Congreso de Nuevo León para alcanzar paridad entre hombres y mujeres.

El TEPJF ordenó establecer el mismo número de mujeres y hombres en el congreso de Nuevo León y lograr la paridad de género. (Cuartoscuro)

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) realizó una reasignación de las diputaciones por el principio de representación proporcional para el congreso de Nuevo León.

Tras una larga discusión que concluyó minutos antes de la medianoche, las y los magistrados asignaron las curules de representación proporcional con un nuevo método que permitió la paridad perfecta en el congreso de Nuevo León, 21 hombres y 21 mujeres.

La asignación original, ordenada por la Sala Regional Monterrey del TEPJF, era de 25 hombres y 17 mujeres.

Según la votación, los ajustes se hicieron en cuanto a las curules asignadas a Morena, que fue el partido menos votado en Nuevo León, y Movimiento Ciudadano, que fue el partido más votado.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien propuso la nueva fórmula de asignación, dijo que, con la redistribución, la candidatura de Morena se modificó a favor de Jessica Elodia Martínez y Evelyn Marlene Grimaldo (suplente).

Las candidaturas de Movimiento Ciudadano modificadas fueron a favor de Sandra Elizabeth Pamanés Ortiz y Valeria Estefanía Cepeda Méndez (suplente); Brenda Lizbeth Sánchez Castro y Denisse Daniela Puente Montemayor (suplente); e Irais Virginia Reyes de la Torre y Mariana Chávez García (suplente).

La decisión se tomó al resolver los recursos de reconsideración 1424, 1429, 1465, 1472 y 1489, todos de 2021, promovido por los partidos Movimiento Ciudadano, Morena y diversas candidaturas, que impugnaron la asignación que hizo la Sala Regional Monterrey sobre las diputaciones de representación proporcional al Congreso de Nuevo León.

En principio, los magistrados estimaron inoperantes los agravios relacionados con el hecho de que para considerar los votos de sobre y sub representación no se debieron considerar los votos del Partido Verde y Nueva Alianza, pues participaron en alianza y no obtuvieron votos propios.

Los magistrados dijeron que este tema es un asunto de legalidad y no de constitucionalidad por lo que desestimaron el argumento.

Con relación al agravio de la correcta aplicación de la militancia efectiva, alegada por los quejosos, para determinar los extremos de la representatividad y asignación de las curules a los partidos que integran una coalición, fue declarado fundado por lo que se revocó la sentencia y se hizo una nueva reasignación con base en tres criterios.

El primero, que los ajustes de paridad de género se hacen al final de la asignación de las candidaturas por mayoría relativa y representación proporcional; el segundo criterio es que los ajustes se hacen en la etapa de cociente y resto mayor; y el tercero que los ajustes se hacen a partir del partido menos votado.

Con ello se logró que la conformación del congreso de Nuevo León quede integrado con 21 hombres y 21 mujeres, con lo que se cumple con el principio constitucional de paridad, dijeron las y los magistrados.

También lee: