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Ordena Juez descongelar cuentas de Benjamín Rico, excandidato a diputado federal de Va por México

El 3 de junio pasado la UIF designó a la a la empresa Construcciones y Desarrollos Inmobiliarios Rico, SA de CV como persona para ser incorporada a la lista de personas bloqueadas.

Juez Juez ordena descongelar cuentas de excandidato a diputado federal (Shutterstock )

Un Juez federal ordenó el descongelamiento de la cuenta bancaria de una empresa propiedad de Benjamín Rico Moreno, exsecretario de Medio Ambiente de Hidalgo y ex candidato de la alianza Va por México a una diputación federal.

“Se concede a la empresa quejosa el amparo y protección de la Justicia de la Unión… Lo anterior, se traduce en que deberá desincorporar a la parte quejosa de la lista de personas bloqueadas; además se tendrá que levantar el bloqueo de la cuenta bancaria”, señaló el Juez de Distrito en Hidalgo.

El 3 de junio pasado la UIF, que encabeza Santiago Nieto, designó a la a la empresa Construcciones y Desarrollos Inmobiliarios Rico, SA de CV como persona para ser incorporada a la lista de personas bloqueadas.

Ordenó, además, la suspensión de forma inmediata de la realización de actos, operaciones o servicios y bloque de todos los recursos económicos contenidos en las cuentas bancarias de la empresa.

Al resolver el amparo 710/2021, Oscar Gregorio Herrera Perea, Juez Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo, estimó que el bloqueo de cuentas es acorde con el principio de seguridad jurídica sólo cuando se realiza dentro de un procedimiento relativo al cumplimiento de un tratado internacional.

Dijo que no es procedente para cuestiones nacionales, porque ante ese supuesto no se impondría con sustento en un procedimiento administrativo o jurisdiccional específico.

“En el caso particular, el Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera expidió el Acuerdo conforme al dispositivo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, por el que designó personas para ser incorporadas a la lista de personas bloqueadas, entre ellas, a la empresa aquí quejosa, no obstante, impuso esa medida cautelar por cuestiones estrictamente nacionales”.

Insistió en que la UIF no acreditó que la orden de bloqueo de la cuenta bancaria de la quejosa, derivara de alguna petición internacional, sino que, únicamente se limitaron a aportar un oficio, fechado el 1 de junio de 2021, por el que se comunicó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores el bloqueo, a fin de que retransmitiera el mismo a las entidades financieras.

“En consecuencia, al resultar fundado el concepto de violación sintetizado procede conceder a la quejosa el amparo y protección de la Justicia Federal solicitada”, dice la resolución tomada el 21 de septiembre, pero dada a conocer este lunes.

Hasta ahora la UIF no ha revelado si en contra de Benjamín Rico Moreno y su empresa se mantiene abierta alguna investigación que pudiera derivar en alguna denuncia penal ante la Fiscalía General de la República.

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