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Carmela Azcárraga recibirá menos de lo que exigió por devolución de impuestos

Tribunal determina que el regreso de gravámenes a la hermana de Emilio Azcárraga se haga sin los intereses que pedía; recibirá solo una tercera parte.

La Segunda Sala de la Suprema Corte determinó que el pago deberá hacerse antes de que concluya mayo próximo. (Cuartoscuro.)

Un tribunal determinó que la devolución de impuestos ordenada por la Suprema Corte a favor de Carmela Azcárraga Milmo, hermana de Emilio Azcárraga, fundador de Televisa, se realizará sin contemplar los intereses que exigió.

Por ello, redujo el monto a pagar, de mil 25.6 millones de pesos que pidió la defensa de la mujer ya fallecida, a 338.9 millones de pesos; es decir, una tercera parte de lo pretendido por la familia de Azcárraga Milmo.

En votación mayoritaria, tres a uno, la Segunda Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que dicha devolución se debe realizar en un periodo no mayor a 4 meses, a partir de que se notifique la sentencia.

Durante una sesión pública realizada hoy, la y los magistrados que integran la Sala desecharon dos escritos que la defensa de Azcárraga Milmo presentó el 3 y 10 de enero pasado, donde calculaban intereses y señalaba como monto final a cobrar la cantidad de mil 025 millones 680 mil 576 pesos con 84 centavos.

Juan Manuel Jiménez Illescas, magistrado ponente del caso, dijo que no es dable atender dichos escritos ya que la resolución que toma hoy el TFJA fue en estricto acatamiento a una sentencia de la Suprema Corte.

“Dichas manifestaciones son inatendibles por esta juzgadora en la presente sentencia, porque este fallo se dicta en estricto acatamiento a lo dispuesto por la Segunda Sala de la Suprema Corte en ejecutoria de 14 de abril de 2021″, indicó.

Apuntó que dicha sentencia es definitiva y contra ella ya no procede recurso alguno, por lo que se establece como “cosa juzgada con fuerza de ley” lo que obligan al TFJA a abstenerse de revisar lo ya decidido por la Suprema Corte y acatar al pie de la letra el fallo.

“La Segunda Sala de la Suprema Corte fue clara al establecer en forma expresa que era obligación de esta sección dictar otra sentencia en la que declare la nulidad del acto, determine que está probado el derecho subjetivo de la actora y, cito, ordene la devolución que solicitó”, puntualizó Jiménez Illescas.

“En ninguna parte de la ejecutoria de amparo se ordena este Tribunal calcular la actualización e intereses de la devolución solicitada por la actora por lo que no es jurídicamente atendible tal petición de la demandante”, insistió.

El 18 de abril de 2007, Carmela Azcárraga, solicitó ante la administración local de recaudación del norte del Distrito Federal del SAT, la devolución de impuestos por la cantidad de 338 millones 962 mil 920 pesos.

Y es que acreditó que hizo un pago indebido de Impuesto Sobre la Renta (ISR) derivado de la venta de acciones de una empresa. Ayer, 14 años después, se estableció que antes de que termine mayo próximo se le devolverá el dinero, aunque sin los intereses que reclama.

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