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¿'Lomito’ explorador? Captan a perro en la cima de la pirámide de Chichén Itzá

Desde 2008, el acceso para subir a la pirámide de Chichén Itzá está prohibido... pero al parecer para este perrito no fue así.

Captan a intrépido perrito sobre la pirámide de Chichén Itzá en Yucatán.

Cuando se piensa en la pirámide de Chichén Itzá, lo primero que se viene a la mente son paisajes hermosos... y la prohibición se escalar sus ‘templos’. Sin embargo, un video reciente muestra que no es así.

Para empezar, la llamada pirámide de Chichén Itzá, oficialmente identificada como el El Castillo de Kukulcán, es la principal atracción de esta ciudad prehispánica ubicada en Mérida, Yucatán, que es considerada una de las Siete Nuevas Maravillas del Mundo y es reconocida como Patrimonio Cultural de la Humanidad por la UNESCO desde 1988.

Teniendo en claro lo anterior, sigamos. Resulta que en días recientes se vio a un perrito custodiando Chichén Itzá desde las alturas. No se sabe de si iba acompañado o era un perrito aventurero por cuenta propia, pero lo que sí es que subió los 91 escalones del templo maya para ser filmado por visitantes mientras disfrutaba de la vista desde arriba.

Y es que el perro rompió las reglas humanas, pues desde 2008 está prohibido para los visitantes de dos pies subir la pirámide en un esfuerzo para preservar las obras prehispánicas.


¿Me pueden multar si subo la pirámide de Chichén Itzá?

Como decíamos anteriormente, desde hace casi 15 años, la Ley Federal sobre Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos, respaldada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), prohíbe a visitantes de ciertos parques prehispánicos del país, subir o hacer uso de las construcciones milenarias con el fin de mantener su preservación.

¿De cuánto es la multa por subir la pirámide de Chichén Itzá?

El incumplir con las normas establecidas por la Ley Federal sobre Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos de la zona arqueológica en cuestión, puede derivar en una multa económica por violar la prohibición de escalada o una infracción no prevista en dicho capítulo.

Ambas son penalizadas monetariamente, mientras que por la primera la sanción va de entre los 175 a los 520 pesos, por la segunda, se puede ser acreedor de una multa de entre 50 mil a 100 mil pesos.

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