El presidente Andrés Manuel López Obrador propuso eliminar la ley que establece multas por insultar al Presidente de la República y a otros servidores públicos.
Durante la conferencia de prensa matutina de este viernes 17 de febrero, el mandatario mexicano advirtió que derogará dicha disposición contenida en el artículo 33 de la Ley de Sobre Delitos de Imprenta; sin embargo, reconoció que fue la legisladora de Morena Benelli Jocaneth Hernández quien presentó la iniciativa para reformar dicha ley e incrementar el costo económico del castigo por injurias.
“Ya me enteré de que fue una diputada de Morena la que propuso lo del aumento de la multa a los que insulten al Presidente y lo hizo sin malas intenciones, pero lo que debe de hacerse con esa ley es eliminarla”, dijo AMLO en Sonora.
“Claro que no estoy pidiendo que me insulten, pero no vamos nosotros a enjuiciar a nadie por eso. Hay derecho a la crítica”, sentenció.
En este contexto, el titular del Ejecutivo recordó que por una normativa similar el expresidente Francisco I. Madero fue encarcelado.
“Por eso metieron a la cárcel a Medero, la primera vez, por insultos a la autoridad y lo del 89 tuvo que ver también con eso; lo vamos a derogar”, insistió.
¿Qué proponía la reforma sobre injurias?
El proyecto de decreto que hizo enojar al presidente López Obrador fue aprobado por la Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados que preside el priista Alejandro Moreno Cárdenas la tarde del 14 de febrero.
Esta iniciativa pretendía reformar diversas disposiciones de la Ley sobre Delitos de Imprenta, para actualizar las multas establecidas en pesos y que las mismas sean cuantificadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA), que equivale en la actualidad a 103 pesos 74 centavos.
Actualmente, el artículo 33 de dicha ley contempla un castigo para quienes cometan ataques contra el orden y la paz pública y sanciones económicas contra quien profane injurias contra el Presidente de la República en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, con multa que va de cinco a 40 UMAs; es decir, una multa de hasta cuatro mil 149 pesos.
La misma sanción se utiliza para las ofensas a un magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados locales, a legisladores estatales y federales, o a un general o coronel o contra cualquier otro cuerpo público colegiado distinto de los mencionados.