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UNAM aprueba modificar su estatuto para anular grados, títulos o diplomados por “faltas a la integridad”

Se contempla la expulsión definitiva de la UNAM de aquel alumno o alumna, en los casos que la gravedad lo amerite.

El Consejo Universitario de la UNAM aprobó la expulsión definitiva de estudiantes que comenta fraude en el proceso de titulación o examen de grado, esta medida no será retroactiva. (Cuartoscuro).

Luego de la controversia generada por la tesis de Yasmín Esquivel, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) modificó su estatuto para anular grados académicos por acciones que falten a la integridad.

En sesión extraordinaria, el Consejo hizo reformas al Estatuto General que, en su artículo 5, señala que la Universidad Nacional puede ahora declarar la nulidad absoluta de certificados, títulos profesionales y grados, cuando los requerimientos académicos y éticos no hayan sido cubiertos de forma cabal.

Enrique Graue Wiechers, rector de la UNAM, destacó la importancia de las modificaciones a las normas universitarias, que subsanan un vacío legislativo.

Esta modificación irá acompañada de otras acciones preventivas más sólidas, antes durante y después de los trámites de titulación de las y los universitarios.

¿Qué cambios tiene el Estatuto General de la UNAM?

  • Antes de iniciar sus trámites de titulación, los y las alumnas deberán firmar la protesta universitaria de integridad y honestidad, en la que aceptan actuar de manera ética y conforme a los valores universitarios.
  • En caso contrario su título podrá ser anulado, de acuerdo con la fracción V del artículo 87.
  • Los profesores serán responsables por el incumplimiento de integridad y honestidad académica en la supervisión y seguimiento de pruebas, exámenes, tesis, así como trabajos y artículos académicos, de manera especial, los que son necesarios para cualquier forma de titulación u obtención de grado, señala la fracción III del artículo 96.
  • El alumno, graduado o cualquier persona que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta para la titulación o examen de grado, se someterá a proceso de revisión y en su caso, procederá la nulidad del examen sustentado, de acuerdo con la fracción III del artículo 97 del mismo ordenamiento.
  • Expulsión definitiva de la UNAM de aquel alumno o alumna, en los casos que la gravedad lo amerite.
  • En situaciones en que sea declarada la anulación de un título, el o la estudiante podrá optar por alguna otra forma de titulación, siempre y cuando el consejo técnico correspondiente así lo considere.


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