Nacional

TEPJF no suelta a Sheinbaum; ordena al INE revisar queja contra la presidenciable

La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) deberá revisar si en el evento donde Claudia Sheinbaum fue nombrada como coordinadora de la Cuarta Transformación existieron actos proselitistas.

Las indagatorias del INE establecieron que “no existía preliminarmente la afectación a la normativa electoral, particularmente de actos anticipados de precampaña y campaña". [Fotografía. Luis Barrón/Zuma Press]

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) analizar nuevamente una queja presentada contra Claudia Sheinbaum y Morena por presuntas infracciones electorales en el acto en que la exjefa de Gobierno recibió la coordinación de la Cuarta Transformación.

Por cuatro votos contra tres, los magistrados revocaron la decisión de la unidad del Instituto Nacional Electoral (INE) con la que habían desechado los reclamos del diputado Jorge Álvarez Maynez, de Movimiento Ciudadano (MC), denunció el acto por el cual le entregaron la coordinación a la virtual aspirante a la candidatura presidencial de Morena.

El Tribunal Electoral señaló que las indagatorias del INE establecieron que “no existía preliminarmente la afectación a la normativa electoral, particularmente de actos anticipados de precampaña y campaña, en virtud de que el evento denunciado se había dado en un contexto privado, en un lugar cerrado y en el ámbito de un proceso intrapartidista”.

El encargado de presentar el proyecto fue el magistrado Indalfer Infante, y fue apoyado por la magistrada Janine Otálora, el magistrado Felipe de la Mata y el magistrado presidente Reyes Rodríguez.


Por el contrario, votaron en contra los magistrados Felipe Fuentes, José Luis Vargas y la magistrada Mónica Soto.

El magistrado Felipe Fuentes aseguró que en el recurso de impugnación “no había agravio diverso a actos anticipados de precampaña y campaña, entre otro, el tema de recursos públicos; por tanto, creo que no podemos introducirlo oficiosamente a la litis”.

La UTEC argumentó que en las pruebas proporcionadas, mediante enlaces electrónicos, no se encontraron indicios que mostraran algún tipo de infracción a la normativa electoral.


También lee: