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Invalidar la ley eléctrica de AMLO ‘evitó gran condena económica’: SCJN

La Corte se sumó a lo declarado por la secretaria Raquel Buenrostro, que sostuvo que México ha dado por concluidas las consultas sobre el panel de energía que EU y Canadá solicitaron bajo el T-MEC.

El 31 de enero, la Segunda Sala de la Corte resolvió un amparo que declaró la inconstitucionalidad del orden en el despacho de energía eléctrica que establecía la LIE. [Fotografía. Especial]

La Suprema Corte (SCJN) se sumó a la declaración de la secretaria de Economía, Raquel Buenrostro, y señaló que el amparo otorgado en contra de los cambios a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) en 2021 contribuyó a resolver el panel con Estados Unidos y Canadá en la materia.

La Corte emitió una tarjeta informativa en la que señaló que “la inconstitucionalidad declarada dejó sin materias las consultas que, en el panel de energía, formularon esos países en julio de 2022″.

En este sentido, celebró que esto “se traduce en que se evitó para México una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”.

El 31 de enero, la Segunda Sala de la Corte resolvió un amparo que declaró la inconstitucionalidad del orden en el despacho de energía eléctrica que establecía la LIE, mismo que le daba preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Acto que la Corte estableció que transgredía los principios de competencia y libre concurrencia, afectando a otras empresas.


Asimismo, los ministros señalaron que esta decisión no sólo significó conceder el amparo a las empresas que presentaron el recurso, sino que también generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista.

Con este pronunciamiento, la Corte se sumó a lo declarado por la secretaria Buenrostro, que el martes sostuvo que México ha dado por concluidas las consultas sobre el panel de energía que Estados Unidos y Canadá solicitaron bajo el T-MEC.

“Ya no hay lilitis o muerto el perro se acabó la rabia”, sostuvo la funcionaria al resaltar que la norma ya no está vigente a raíz de la decisión de la SCJN.

Esta decisión la tomó la SCJN con base en el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, que  sostuvo que no es válido que la ley eléctrica busque garantizar la seguridad en el despacho eléctrico o para fortalecer a la CFE.

Al respecto, apuntó que “ni la seguridad de despacho ni el fortalecimiento de CFE pueden tener más importancia que la eficiencia energética”.

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