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¿Arturo Zaldívar contradice a Gobernación? Esto dijo de la prisión preventiva oficiosa

Arturo Zaldívar explicó qué significa la prisión preventiva oficiosa y cuáles serían los cambios necesarios para eliminarla.

Además de la prisión preventiva oficiosa se mencionó también el arraigo domiciliario

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene previsto discutir la figura de la prisión preventiva oficiosa en México.

En entrevista con Ciro Gómez Leyva, el exministro, Arturo Zaldívar, explicó qué significa y cuáles son los cambios necesarios para su eliminación en el país.

La prisión preventiva oficiosa implica que cuando una persona es acusada por algún delito, debe permanecer en la cárcel.

Zaldívar explicó que en otros países no funciona así debido a que en los estándares internacionales la gente no está en prisión mientras se le procesa y está en libertad.

¿Qué se necesita para cambiar la prisión preventiva oficiosa en México?

Solo está en prisión una persona cuando hay riesgo de fuga o de obstruir las pruebas como afectar a las víctimas o a los testigos, en ese caso se le priva de su libertad a la persona acusada.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado al Estado mexicano debido a que la prisión preventiva viola el delito de presunción de inocencia.


“El problema de si se votara de un día para otro la prisión preventiva oficiosa es que todo el sistema de las personas que son procesadas en libertad, requiere un enramado muy complejo para tenerlas ubicadas mientras está el proceso”, explicó Arturo Zaldívar.

Esto quiere decir que sería necesario ubicar a la persona, saber dónde está, su conducta y establecer un control en el cual vaya a firmar cada cierto tiempo.

Sin embargo, México no tiene ese sistema ni esa tecnología, por lo que, en opinión del exministro, sería necesario tomar un tiempo para hacer dicha transición.

Este sistema de vigilancia también incluiría a jueces y magistrados quienes estén en riesgo debido a la sentencia que podrían emitir.

En tanto, la Secretaría de Gobernación (Segob), ha señalado que un tribunal como la CIDH no puede señalar posibles modificaciones a la Constitución, por lo cual la Corte no tendría tal competencia para realizar dichos cambios.

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