Nacional

Juez suspende destitución del auditor Agustín Caso Raphael

Agustín Caso Raphael había sido despedido de su funciones por ‘pérdida de confianza’ por parte del auditor de la Federación, David Colmenares.

Francisco Javier Rebolledo Peña, juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa, otorgó una suspensión provisional a Agustín Caso Raphael, auditor especial de Desempeño de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), despedido el pasado nueve de abril.

Después de que el titular de la entidad, David Colmenares, emitió un oficio en el que cesó de su cargo a Caso Raphael por “pérdida de la confianza”, el exfuncionario tramitó el amparo 806/2024 para reclamar su despido.

Con este recurso, el exauditor también pidió a Rebolledo Peña que frenara la separación de su cargo, algo que concedió el juzgador.

“Procede conceder la suspensión provisional solicitada para el efecto de que la autoridad responsable se abstenga de cesar los efectos del nombramiento del quejoso y continúe con sus funciones que desempeñaba como Auditor Especial de Desempeño de la ASF”, expuso.

A pesar de que esta suspensión provisional es parte del trámite, y el juzgador no se ha pronunciado sobre un posible freno definitivo y menos si otorga el amparo, el juez dejó ver que de momento no hay elementos para justificar el despido de Caso Raphael.

“Este juzgador advierte de su contenido, que (el oficio con el que se cesó al funcionario) no se encuentra motivado, porque no se explica cuáles son las razones de la pérdida de confianza que dieron origen al cese”, detalló Rebolledo Peña.

Si bien la ASF aún puede impugnar esta decisión ante un Tribunal Colegiado, por el momento la suspensión queda vigente, por lo que el auditor debe regresar a su cargo en tanto no se decida lo contrario.

Al momento de dar a conocer la decisión, el auditor ya había adelantado que buscaría este recurso para reclamar lo que consideró una separación del cargo injusta.

“En su oportunidad, interpondré los recursos jurídicos necesarios ante una decisión arbitraria e ilegal, porque la remoción se hace sin demostrar que se haya incurrido en alguna de las causales establecidas en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en sus artículos 93 y 94″, detalló Caso Raphael.

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