La polémica reforma al Poder Judicial que propone elegir por voto popular a juces, magistrados y ministros fue aprobada en la Cámara de Diputados y el Senado de la República; sin embargo, aún falta que la iniciativa de AMLO sea avalada por 17 Congresos estatales para convertirse en ley.
Por esta razón, en cuatro puntos claves te contamos qué propone este proyecto que genera controversias en la opinión pública mexicana, incertidumbre en los mercados e inquietud en socios clave como Estados Unidos y Canadá.
¿Qué propone la reforma al Poder Judicial 2024?
Además de que la reforma judicial plantea una elección popular para elegir a los integrantes del Poder Judicial, esta iniciativa cotempla modificar 18 artículos, es decir, se adicionan seis y se derogan diversas fracciones de cinco artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
A continuación te contamos de qué se trata la reforma judicial:
1. Elección popular de jueces, magistrados y ministros
Esta reforma propuesta por AMLO plantea la elección por voto popular de los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ), de un nuevo Tribunal de Disciplina Judicial y, en general, de todos los jueces de distrito y magistrados de circuito del país.
En total, mil 688 cargos se someterían a votación, de los que 21 serían a nivel nacional y el resto quedarían divididos por estados.
En cuanto a las fechas previstas, en 2025 se elegirían ministros de la Suprema Corte y la mitad de los jueces y magistrados de distrito, y la otra mitad sería elegida hasta 2027.
2. Reducción de ministros en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
La Suprema Corte es el máximo tribunal constitucional y máxima autoridad jurisdiccional del Poder Judicial en México. No obstantes, esta propuesta prevé una reducción en la cantidad de ministros (integrantes) de la SCJN, que pasarían a ser nueve en lugar de los 11 actuales y cuyo cargo mantendrían por 12 años, tres menos que en la actualidad.
También eliminaría las dos salas que funcionan en el presente y la Corte solo sesionaría en pleno.
Para optar al puesto, sería necesario ser mayor de 35 años, tener una década de antigüedad como abogado y no haber ocupado cargos el año previo a su elección.
No habría posibilidad de pensión vitalicia en caso de jubilación, como ahora, y la remuneración de los miembros de la Corte nunca podrá superar a la del jefe del Ejecutivo.
3. Un nuevo Tribunal de Disciplina Judicial
Es otra novedad propone sustituiría al Consejo de la Judicatura Federal (CJF), órgano de administración y vigilancia interna del Poder Judicial.
Podría recibir denuncias de cualquier persona u autoridad, e investigar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley.
De los siete miembros del CJF pasaría a solo cinco, de los que el Ejecutivo nombraría uno, el Senado otro y el resto la SCJN, con un periodo de seis años cada uno.
4. Jueces sin rostro
La reforma contempla la posibilidad de incorporar la persona de “jueces sin rostro”, figuras que impartirían justicia en casos de narcotráfico y alta violencia de forma anónima, con el objetivo de preservar su seguridad e independencia frente a extorsiones y amenazas.
Estas medidas, implementadas en otros países como Brasil, Perú, Colombia o El Salvador, suscita grandes recelos por la opacidad que implica, ya que estos jueces no obedecerían a ningún tipo de rendición de cuentas públicamente y tendrían un poder casi absoluto otorgado por la propia Constitución.
Redacción y EFE