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Toma de protesta de Claudia Sheinbaum: Así ha cambiado el juramento presidencial en México

Estas son las 61 palabras que debe pronunciar un presidente durante la toma de protesta y cómo se han modificado en la Constitución con el paso de los años.

Faltan pocos días para la toma de protesta de Claudia Sheinbaum, quien hará historia al convertirse en la primera mujer presidenta de México. El momento culminante de su llegada al poder será el próximo martes 1 de octubre, cuando se lleve a cabo la ceremonia de investidura en el Congreso de la Unión, ante la presencia de diputados y senadores.

Al igual que lo han hecho sus antecesores, Sheinbaum deberá recitar el juramento obligado, tal y como lo marca la Constitución, en el que promete hacer cumplir la ley y servir a la ciudadanía. En dicho acto oficial, son los legisladores los encargados de hacer valer la declaración del mandatario.

¿Qué juramento tiene que hacer Claudia Sheinbaum en su toma de protesta?

De acuerdo con el Artículo 87 constitucional, el Presidente, al tomar posesión de su cargo deberá pronunciar las siguientes palabras:

“Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere, que la Nación me lo demande”.

Un dato interesante es que el juramento presidencial tiene más de 200 años de existencia, pues su origen data desde la creación de la Constitución de Cádiz de 1812; sin embargo, a la par de las transformaciones en el país, este “ritual” político también ha sufrido cambios importantes.

Así se modificó el juramento presidencial a lo largo de los años

La figura del juramento ha subsistido en prácticamente todos los documentos constitucionales que han regido al país hasta la actualidad: desde la Constitución Federal de 1824 hasta la Constitución Política de 1917.

“En los primeros textos constitucionales de México se trataba de un juramento religioso y la obligación de cumplir la Constitución se elevaba ante la divinidad”, apunta el investigador jurídico Mario Melgar en su artículo La protesta del Presidente de la República ¿Rito o requisito constitucional?

En un principio, el juramento se estableció en torno a la figura del rey y de la monarquía española, por lo que rezaba de esta manera:

“Por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, rey de las Españas, juro por Dios y por los santos Evangelios, que defenderé y conservaré la religión católica, apostólica, romana, sin permitir otra alguna en el reino: que guardaré y haré guardar la constitución política y leyes de la monarquía española, no mirando en cuanto hiciere sino al bien y provecho de ella…”

Una vez consumada la Independencia de México, se promulgó la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824. En este nuevo texto, se modificó el juramento otorgándole mayor importancia al Poder Ejecutivo, pero sin dejar de lado el simbolismo religioso:

“Yo, N., nombrado presidente (o vicepresidente) de los Estados Unidos Mexicanos, juro por Dios y los Santos Evangelios, que ejerceré fielmente el encargo que los mismos Estados Unidos me han confiado, y que guardaré y haré guardar exactamente la Constitución y leyes generales de la Federación”.

Pese al triunfo liberal que representaba, la Constitución de 1857 no reconoció la libertad de cultos ni determinó la separación de la Iglesia y del Estado, aunque sí mantuvo la figura del juramento para la declaración presidencial de guardar y hacer guardar la Constitución:

“Juro desempeñar leal y patrióticamente el encargo de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la Constitución y mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión”.

Ya con el antecedente de las leyes de Reforma, se modificó el juramento religioso por la protesta laica, por lo que ya no se juraba por Dios y los Santos Evangelios. De igual modo se estableció que el juramento sería remplazado por la promesa de “cumplir bien y fielmente las obligaciones que se contraen”.

Más adelante, en la Constitución de 1917, se modificaron algunos errores de redacción y se aprobó el texto tal y como lo conocemos ahora.

Los cambios de protocolo que llegaron con AMLO

Durante décadas, este acto político se mantuvo sin ninguna alteración, repitiéndose sexenio con sexenio... o al menos así era hasta que llegó el año 2006.

El llamado “fraude electoral″ durante las elecciones de este año resultó ser un parteaguas que dio pie a la ampliación de las reglas protocolarias en la ceremonia de toma de protesta.

López Obrador, al ser derrotado por una diferencia mínima de votos por su contraparte del PAN, Felipe Calderón, movilizó a los legisladores de su coalición, quienes bloquearon el Congreso para evitar que el presidente electo rindiera su protesta. Y aunque al final pudo cumplir con el acto entre empujones y forcejeos, esta irrupción motivó un añadido en el artículo 87 constitucional.

Ahora en el documento se contempla que, en caso de que el Presidente no pueda rendir protesta ante el Congreso de la Unión, la Comisión Permanente o las Mesas Directivas de las Cámaras, entonces deberá hacerlo ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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