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Elección judicial: Corte ordena incluir a 7 candidatos rechazados por el Comité de Evaluación

La Suprema Corte informó que 15 personas interpusieron recursos de inconformidad al ser rechazados por el Comité de Evaluación del Poder Judicial.

El pleno de la Suprema Corte sesionó este jueves. (Foto: Cuartoscuro) (Suprema Corte de Justicia de la Nación)

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves 9 de enero 15 recursos de inconformidad promovidos por aspirantes a magistraturas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra del Comité de Evaluación del Poder Judicial que determinó que no son elegibles para el proceso electoral de 2025.

Los ministros determinaron que de los 15 recursos, sólo uno es procedente y parcialmente fundado; seis son procedentes y fundados; cinco son infundados, y tres fueron desestimados.

¿Por qué interpusieron recursos de inconformidad en el proceso de elección judicial?

Detalló que los recursos de inconformidad fueron promovidos en contra de los dictámenes emitidos por el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, el cual determinó la no elegibilidad de aspirantes a magistraturas del TEPJF.

En un comunicado, la Suprema Corte explicó que los inconformes realizaron el procedimiento de inscripción previsto en la convocatoria del Comité de Evaluación para ser postulados como candidatas a ocupar la titularidad de un órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación, en el proceso electoral extraordinario 2024-2025.


Una vez que concluyó el periodo de inscripción, el comité del Poder Judicial emitió un dictamen en el cual rechazó la solicitud de las personas que interpusieron un recurso.

El 15 de diciembre de 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los listados con los folios y nombres de quienes cumplieron los requisitos constitucionales de elegibilidad.

Tras ser rechazadas las solicitudes de los candidatos que buscaban participar en el proceso de elección judicial, las personas aspirantes interpusieron los recursos de inconformidad resueltos en la sesión de este jueves 9 de enero.

Corte ordena incluir a siete aspirantes

La Suprema Corte determinó que el recurso 342/2024 es procedente y parcialmente fundado, mientras que los recursos 347/2024, 400/2024, 331/2024, 258/2024 y 371/2024 fueron determinados como procedentes y fundados.


Detalló que los dictámenes impugnados no se ajustaron a derecho, ya que, entre otras razones, se descalificó a las personas recurrentes por la omisión de rendir manifestaciones adicionales a las requeridas en la convocatoria emitida por el Senado para la carta bajo protesta de decir la verdad.

“Específicamente, por omitir haber protestado no tener suspensión o inhabilitación derivada de responsabilidad política o administrativa, en términos de los artículos 110 y 111 de la Constitución Federal”, resaltó la Corte.

Agregó que el dictamen 128/2024 fue determinado como procedente y fundado, toda vez que el quejoso sí acreditó una práctica profesional de cuando menos cinco años en el ejercicio de la actividad jurídica.

Corte rechaza ocho recursos de inconformidad de candidatos a la elección judicial

El pleno de la Suprema Corte revocó los dictámenes que no cumplieron con los requisitos y ordenó la inclusión de los aspirantes en los listados de quienes sí cumplieron con lo solicitado y que permite que sean elegibles en el proceso electoral de 2025.

Los dictámenes 140/2024, 301/2424, 318/2024, 204/2024 y 469/2024 fueron determinados como infundados, al confirmarse que los recurrentes incurrieron en diversas omisiones, consistentes fundamentalmente en no presentar de manera completa la documentación necesaria para participar en el proceso.

Y en los 446/2024, 38/2024 y 40/2024 se produjo su desestimación.

Con información de Quadratín

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