CIUDAD DE MÉXICO.- "Al WSJ: El departamento de Copilco no es mío, lo heredamos mi finada esposa y yo a mis hijos. No calumnien, sean éticos".
Con esta frase, Andrés Manuel López Obrador, presidente nacional de Morena, respondió, el pasado 28 de septiembre, a la nota publicada por el diario norteamericano The Wall Street Journal, que aseguró que éste había ocultado dos departamentos en la colonia Copilco, en Coyoacán.
Sin embargo, de acuerdo con los anexos a su demanda, que fueron subidos a su página oficial de Internet, uno de estos inmuebles, el marcado con el 101 del Edificio 16 del Fraccionamiento Copilco 300, fue vendido en 2005 en 700 mil pesos y el dinero se repartió, la mitad para el propio López Obrador y, la otra mitad, entre sus tres hijos.
Sobre el otro inmueble, en el número 57 de la calle Odontología, departamento 302, no existe, dentro de los anexos, ninguna evidencia de que haya sido vendido o donado a sus hijos. "Yo ya no tengo bienes, todo lo que tenía se lo cedí a mis hijos. Cuando falleció mi esposa Rocío se les entregó lo que les correspondía", dijo en un video que subió a su muro de Facebook, el 10 de agosto pasado.
No obstante, López Obrador se enreda con el destino de ambos inmuebles, pues el 101 de Copilco 300 –especificado en documentos adjuntos en las 524 fojas de su demanda– no se lo cedió a sus tres hijos, sino que lo vendió en 700 mil pesos; se quedó con la mitad del dinero y la otra mitad la dividió entre sus hijos. A López Obrador, por ser copropietario de ese inmueble, le correspondió la cantidad de 340 mil pesos (ya que los 10 mil pesos restantes fueron pagados como gastos y costos del juicio que tuvo que iniciar para poder venderlo, pues entonces dos de sus hijos eran menores de edad y no podían celebrar una transacción de esa naturaleza).
Así, a cada uno de sus tres hijos le correspondió la cantidad de 112 mil 428 pesos (también restando gastos del juicio).
A Gonzalo Alfonso López Beltrán le fue depositado ese dinero en una cuenta bancaria (Banco Santander número de cuenta 40002505456) misma que permaneció "congelada" hasta que cumplió la mayoría de edad (página 330 de los anexos).
Sin embargo, no se aportó evidencia documental de que al otro hijo, Andrés Manuel López Beltrán, se le haya depositado la misma cantidad que a sus hermanos.
José Ramón, al momento de fallecer su madre, ya era mayor de edad, por tanto recibió en efectivo su parte de la herencia.
Tampoco hay soporte documental de que AMLO haya depositado a las cuentas de sus hijos la cantidad que a él le correspondió por la venta del departamento.
El 5 de abril de 2004 (página 317 de los anexos), el juez otorgó a Andrés Manuel López Obrador y a Gonzalo López Beltrán la facultad para vender el departamento 101, pero les ordenó exhibir el contrato del depósito bancario a favor de los dos menores de edad por la cantidad de 112 mil 428 pesos a cada uno.
Así, el 7 de febrero de 2005 (página 445 de los anexos) se oficializa la compra-venta del inmueble y se redacta un "testimonio de la escritura de aplicación de bienes por disolución de la sociedad conyugal que otorga al señor Andrés Manuel López Obrador, a favor de sí mismo, la protocolización parcial de inventario y de proyecto de partición de la sucesión intestamentaria de la señora Rocío Beltrán Medina…".
Es decir, la mitad del dinero obtenido por la venta de ese inmueble se la quedó él –o al menos no existe dentro de las pruebas que presentó, algún soporte documental con el que se demuestre que ese dinero fue depositado a las cuentas bancarias de sus hijos– y la otra mitad fue dividida entre ellos.