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¿Cargos no reconocidos en tu tarjeta? No te preocupes, tu banco tendrá que reembolsarlos

El depositario (banco) tiene la obligación de responder al depositante, lo que lo coloca en una posición de deudor frente al tarjetahabiente.

¿A quién no le ha pasado que al momento de checar la app de su banco descubre un cargo no reconocido? Y bien, será inevitable que te molestes o te preocupes, sin embargo, la Corte recién publicó una resolución que te interesará.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los cargos no reconocido o retiros no autorizados por parte de un titular deberán ser reembolsados por la institución bancaria que brinda el servicio.

"La institución bancaria debe retribuir las cantidades retiradas y, en caso de no hacerlo, pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso en que incurra a razón del 6 por ciento", apunta la tesis publicada por la Corte.

La SCJN señala que en el contrato de depósito de dinero, "el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entrega el depositante, el debe de conservación del patrimonio y de restitución.

"Si alguien distinto al titular de la cuenta realiza un cargo que éste no reconoce y genera un menoscabo en su patrimonio, es posible presumir un descuido y, por ende, la obligación del depositario de responder al depositante, lo que lo coloca en una posición de deudor frente al tarjetahabiente acreedor", se desprende de la tesis.

Así es como se procede a modificar el artículo 362 del Código de Comercio.

La tesis se publicó este viernes en el Semanario Judicial de la Federación, por lo que su aplicación se vuelve obligatoria a partir del lunes 14 de diciembre.

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