Nacional

¿Cómo funcionaría la revocación de mandato y qué pasa si AMLO gana o pierde?

La Cámara de Diputados avaló en lo general y en lo particular el dictamen de reformas que modifican la figura de la consulta popular y establece la revocación del mandato.

La Cámara de Diputados aprobó este jueves en lo general y en lo particular, con 326 votos a favor, 127 en contra y 0 abstenciones, el dictamen de la iniciativa de reformas constitucionales para modificar la figura de la consulta popular e introducir la de revocación de mandato.

¿Cómo funcionaría? ¿Qué pasa si el presidente Andrés Manuel López Obrador se somete a esta votación?

El documento reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 35, 36, 73, 81, 83, 99, 115 y 122 de la Constitución Política, y surgió de 10 iniciativas que presentaron diputados de la LXIII y LXIV Legislaturas entre abril y noviembre de 2018, de las cuales cuatro fueron de Morena, tres del PRI, dos de MC y una del PT.

Consultas populares

-El dictamen señala que las consultas populares ya no se realizarían el mismo día de la jornada electoral, sino en la fecha que establezca la convocatoria del Congreso.

-Con esto se establece el derecho y la obligación de los ciudadanos de votar en los procesos de revocación de mandato del presidente de la República.

-El dictamen contempla restricciones constitucionales sobre los temas que podrían estar sujetos a consulta, de modo que la restricción de derechos humanos reconocidos en la Constitución, los principios del artículo 40 constitucional, en materia electoral, así como los ingresos y gastos del Estado, no pueden ser sometidos a consulta.

-Tampoco podrá consultarse lo referente a seguridad nacional y a la organización, funcionamiento y disciplina de las Fuerzas Armadas, "salvo las excepciones determinadas en la ley", indica el documento.

-Las consultas populares podrían ser convocadas por el Congreso de la Unión a petición del uno por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, y no el tres por ciento como actualmente se establece.

-Otra de las reformas establece que en las consultas se disminuya de 40 al 25 por ciento el requisito de participación del total de la lista nominal.

En cuanto a la revocación del mandato, el dictamen contempla

-Entender la revocación como un medio de control constitucional de participación ciudadana para destituir a los representantes de elección popular cuando lo soliciten los ciudadanos y haya transcurrido la mitad de su gestión.

-Estarán sujetos a revocación del mandato mediante consulta el presidente de la República, diputados federales, senadores, gobernadores, diputados locales, integrantes de ayuntamientos, el jefe de Gobierno de la capital y los integrantes de sus alcaldías.

-Esta figura será convocada por el Congreso de la Unión a petición del presidente de la República; o por el equivalente al 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión.

-La convocatoria se realizaría durante el primer periodo ordinario del segundo año de la Legislatura. La votación se realizará el mismo día de la jornada electoral federal en la que solo se elijan diputados federales.

-Los ciudadanos también podrán convocar la revocación: tendrán que ser un número equivalente al 3 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.

-Para que la revocación de mandato sea vinculante debe participar al menos un tercio de los ciudadanos inscritos a la lista.

-"Los resultados son de cumplimiento obligatorios cuando participen al menos el 45 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del ámbito respectivo, y de éstos el 65 por ciento se expresen a favor de la revocación", indica el dictamen.

-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitiría la declaración de validez del proceso de revocación y su resultado final.

-Cuando el resultado sea revocatorio, el presidente cesará en sus funciones al día siguiente y se aplicará el artículo 84 constitucional, con el que el secretario de Gobernación en turno tomaría el cargo mientras el Congreso nombra a un presidente interino.

También lee: