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Diputado propone al Congreso de la CDMX derogar artículo que frena desalojos forzosos

El perredista Jorge Gaviño señaló que la Ley de Derechos Humanos de la CDMX representa una violación del derecho a la propiedad y entorpece el trabajo de los juzgadores.

El diputado Jorge Gaviño propuso este jueves en el Congreso capitalino la derogación del artículo 60 de la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de México, el cual frena que se realicen desalojos forzosos.

Dicha ley, aprobada el 8 de febrero pasado y modificada en el mes de abril, propone que para evitar que los desalojos forzosos violen, entre otros derechos, el de la vivienda, estos solo serán en casos excepcionales, los cuales no son definidos.

Además señala que las personas que pudieran ser desalojadas tienen derecho a una indemnización en caso de ser privados de sus bienes o sufrir pérdidas inmateriales. También obliga al juez a dar audiencia a los afectados, y a las autoridades a garantizar el alojamiento adecuado de los desalojados.

Aunque en abril el Congreso de la Ciudad de México modificó la disposición de que se tenía que reubicar a los afectados "en radio no mayor a 15 kilómetros tomando como centro el lugar de origen", y que "en la medida de sus capacidades deben garantizar el adecuado realojamiento", el legislador asegura que esto implica una obligación que el Estado no está en condiciones de cumplir.

"Representa una violación al derecho humano a la propiedad, crea una carga para el estado y entorpece el trabajo de los juzgadores", dijo el diputado perredista.

El 17 de mayo, los diputados del PAN presentaron una propuesta de redacción al artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos, con el fin de evitar confusiones judiciales durante un desalojo y así garantizar el derecho a la propiedad privada estableciendo los alcances de la autoridad durante los procesos.

Reclamaron que el artículo mantiene hipótesis ambiguas, de tal manera que pareciera que el derecho humano a una vivienda adecuada colisiona con otros derechos humanos como el de propiedad, el de posesión y el de administración de justicia pronta y expedita.

Al respecto, la diputada Margarita Saldaña Hernández, secretaria de la Comisión de Derechos Humanos, indicó que dicho artículo no deja claro quién es la autoridad competente para salvaguardar la integridad de las personas en situación de desalojo.

"Y, por otro lado, deja en un grado de indefensión y compromiso muy fuerte al Gobierno de la Ciudad de México, porque los derechos son progresivos, pero tienen un piso de inicio y un límite", sostuvo.

La ley establece que antes de ejecutar cualquier desalojo o lanzamiento se deberá buscar la mediación para evitar la fuerza, ya que se debe atender el derecho a la vivienda que tienen los ciudadanos.

Además, es obligación de los jueces atender las demandas de los desalojados.

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