La Cámara de Diputados aprobó este jueves reformas que permiten a los padres de familia elegir el orden de los apellidos de sus hijos.
Se trata de reformas a los artículos 58 del Código Civil Federal y 19 de la Ley General de los Derechos de los Niños y las Niñas.
El dictamen fue aprobado con 386 votos a favor, 14 en contra y 4 abstenciones por el Pleno de la Cámara Baja. Establece que en el acta de nacimiento del menor, con la asistencia de dos testigos, se elegirá el orden del apellido paterno y materno como mejor convenga. El acta también contendrá el día, hora y lugar de nacimiento, así como el sexo presentado.
El juez u oficial del Registro Civil en turno deberá especificar expresamente el orden convenido de los apellidos, el cual se considerará para los demás hijos e hijas del mismo matrimonio.
Cuando no haya acuerdo, el juez será el que decida el orden de los apellidos.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y los Congresos locales tendrán un plazo de 120 días para modificar su respectiva legislación civil conforme a lo que las modificaciones establecen.