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Diputados avalan estímulos fiscales para inversión en deporte de alto rendimiento

Se aplicará un crédito fiscal de hasta 10% del monto que, en el ejercicio fiscal de que se trate, aporten a proyectos de inversión en infraestructura e instalaciones deportivas, así como a programas para el desarrollo, entrenamiento y competencia de atletas.

CIUDAD DE MÉXICO.- Por acuerdo de todos los grupos parlamentarios, la Cámara de Diputados modificó la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para establecer un estímulo fiscal para que los contribuyentes que inviertan en infraestructura, instalaciones deportivas altamente especializadas, y programas para atletas de alto rendimiento.

La bolsa a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de 400 millones de pesos por cada ejercicio fiscal, ni de 20 millones de pesos por cada contribuyente aportante, proyecto de inversión o programa.

Para establecer el estímulo, los diputados adicionaron el artículo 203 de la Ley del ISR, en el marco de la discusión de la miscelánea fiscal que se turnó al Senado de la República, para su análisis y eventual ratificación.

La modificación -propuesta por Nueva Alianza- consiste en aplicar un crédito fiscal de hasta 10 por ciento del monto que, en el ejercicio fiscal de que se trate, aporten a proyectos de inversión en infraestructura e instalaciones deportivas altamente especializadas, así como a programas diseñados para el desarrollo, entrenamiento y competencia de atletas mexicanos de alto rendimiento, contra el ISR causado en el ejercicio en que se determine el crédito.

Las instalaciones deportivas desarrolladas no deberán tener fines preponderantemente económicos o de lucro y no estar vinculadas directa o indirectamente con la práctica profesional del deporte, así como los gastos de operación y mantenimiento de las citadas instalaciones deportivas.

Para aplicar el estímulo se creará un Comité Interinstitucional formado por un representante de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, uno del Comité Olímpico Mexicano, uno del Servicio de Administración Tributaria y uno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien lo presidirá y tendrá voto de calidad.

El Comité Interinstitucional podrá autorizar un monto superior al límite de 20 millones de pesos por cada contribuyente aportante, proyecto de inversión o programa, cuando se trate de proyectos o programas que por su naturaleza e importancia dentro del ámbito del deporte de alto rendimiento requieran inversiones superiores a dicho monto.

También publicará a más tardar el último día de febrero de cada ejercicio fiscal, el nombre de los contribuyentes beneficiados, los montos autorizados durante el ejercicio anterior, así como los proyectos de inversión y los programas correspondientes.

También se obligará a las dependencias o entidades, federales o estatales, a publicar los padrones de beneficiarios de los programas públicos, que otorgan apoyos económicos.

De igual manera, se estipula una nueva deducción en inversiones en bicicletas convencionales y eléctricas y de motocicletas eléctricas por 25 por ciento con la intención de promover su uso.

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