La Cámara de Diputados aprobó este martes reformas que tipificarán la generación, compra, expedición y adquisición de facturas falsas como delincuencia organizada.
A reserva de la aprobación del Ejecutivo, estas reformas buscan que tanto la facturación falsa como la defraudación fiscal sean considerados como delitos de prisión preventiva oficiosa.
¿Tú o tu empresa generan facturas? Esto es lo que debes saber sobre las reformas avaladas por los Diputados.
1. El dictamen aprobado por la Cámara baja adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal.
2. De acuerdo con la reforma al artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación, se impondrán sanciones de 2 a 9 años de cárcel a quien expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que respalden operaciones inexistentes, falsas o simuladas.
En pocas palabras, el uso de facturas falsas estará sancionado con hasta 9 años de prisión.
3. La pena de prisión no solo será para las personas que usen las facturas falsas, sino para los que, por medio de un tercero, utilicen o expidan los comprobantes fiscales apócrifos.
4. Las penas antes de las reformas hoy aprobadas eran de entre 3 a 6 años de prisión, por lo que ahora el rango crece hasta en 3 años.
5. Otro de los puntos importantes del dictamen tiene que ver con las penas contra los sujetos que publiquen o permitan anuncios para la compra de facturas falsas.
Para ellos, las penas también serán de entre 2 a 9 años de cárcel.
5. La defraudación fiscal se considerará como delito para prisión preventiva oficiosa cuando supere en tres veces el monto de 2 millones 601 mil 410 pesos.
6. Los servidores públicos que realicen facturas falsas o defrauden fiscalmente serán separados de su cargo e inhabilitados de entre uno a 10 años.
7. Además, los funcionarios públicos podrán ser castigados con hasta 6 años de cárcel si cometen o participan en un delito fiscal.
8. Con las reformas, los ilícitos contra el fisco serán considerados como amenazas a la seguridad nacional.