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Madres de hijos afectados se amparan contra programa de AMLO de estancias infantiles

La Fundación de la Barra Mexicana Colegio de Abogados, Save the Children, REDIM y GIRE, así como de un grupo de estancias y madres beneficiarias del programa promovieron una demanda de amparo para proteger derechos de niños y niñas.

Diversas asociaciones civiles y madres de hijos afectados presentaron un amparo indirecto para evitar la desaparición de 37 estancias infantiles a las que el Gobierno federal retiró el subsidio para que les permitía operar.

La Fundación de la Barra Mexicana Colegio de Abogados, acompañada por la diputada Lía Limón, Save the Children, REDIM y GIRE, así como de un grupo de estancias y madres beneficiarias del Programa de Estancias Infantiles, promovieron la demanda de amparo con el objetivo garantizar la protección de los derechos de las niñas, niños, madres trabajadoras y de las personas encargadas de las estancias infantiles.

En febrero, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció la decisión de entregar el apoyo de mil 600 pesos cada dos meses por cada niño directamente a los padres para que ellos decidan si los llevan a estas estancias o los cuida "una tía o una abuelita", explicó el mandatario en el momento.

Por su parte, también el mes pasado, la titular de la Secretaría del Bienestar, María Luisa Albores González, reiteró que las estancias no desaparecerían y la entrega directa de apoyos. Además explicó de que el programa se reestructurará y cambiará su nombre a Programa de Apoyo al bienestar de niños, niñas de madres trabajadoras.

Los beneficiarios del programa de Estancias Infantiles para apoyar a Madres Trabajadoras que estuvo vigente hasta diciembre del 2018 y sus abogados, consideraron que los conceptos de violación más importantes son los siguientes:

1) Incumplimiento de las obligaciones del Estado mexicano, en materia de derechos humanos, como las de promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de los niños, niñas y padres de familia y así como el principio del interés superior del menor, en particular en lo que se refiere a los niños cuyos padres no están afiliados al sistema de seguridad social.

2) Violación a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en relación a los niños con discapacidad cuyos padres no están afiliados a un sistema de seguridad.

3) Violación a los derechos a la salud, educación, trabajo, así como sus garantías de no regresión, igualdad entre hombres y mujeres y protección al interés superior del menor.

4) Omisión de realizar un test de proporcionalidad sobre la idoneidad de la medida propuesta por el Gobierno de entregar los recursos directamente a los padres.

5) Violación a las garantías de seguridad jurídica y de legalidad por falta de fundamento y motivación.

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