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¿Qué sigue después de que 17 Congresos locales aprueban a la Guardia Nacional?

Estados como Sinaloa y Puebla dieron el 'visto bueno' al dictamen, el cual ya había sido aprobado por el Senado y la Cámara de Diputados. Te explicamos cuáles son los pasos a seguir al respecto.

17 Congresos locales ya aprobaron el dictamen que reforma la Constitución para la configuración de la Guardia Nacional. Luego de que el Senado y la Cámara de Diputados avalaron el documento, este era el requisito necesario para la promulgación oficial de la ley, pero ¿qué sigue ahora?

En términos generales, el proceso para dar paso a una reforma constitucional es el siguiente:

"Lo normal es que la iniciativa se presente en términos generales en las Cámaras (alta y baja). En el caso de la Guardia Nacional, primero se dio en la de Diputados, donde el Pleno aprobó el dictamen para después enviarla a la de Senadores.

"En este caso, como los senadores modificaron lo que enviaron los diputados, regresó a la primera cámara para que el dictamen tuviera la aprobación de ambas", explicó Gustavo de Silva, especialista en derecho constitucional, en entrevista para El Financiero.

Posteriormente, el dictamen de la Guardia Nacional siguió su recorrido en la Cámara de Diputados, donde el texto enviado desde el Senado fue aprobado sin cambios. Así se dio paso a que los Congresos locales discutieran el documento, el cual debe ser aprobado por la mayoría de estos.

"Tiene que aprobarse por más del 50 por ciento de legislaturas, es decir, por lo menos 17 de estas. Ellos no pueden hacer modificaciones, aprueban o rechazan. Conforme esto pasa, van enviando la notificación de su decisión al Congreso de la Unión, de forma tal que si llegan a sumar 17 (estados), ya se puede hacer la declaratoria de reforma constitucional", indicó el abogado.

Los Congresos locales que la aprobaron fueron Guerrero, Campeche, Tabasco, Chiapas, Colima, Nuevo León, Hidalgo, Estado de México, Tlaxcala, Durango, Baja California Sur, Zacatecas, Querétaro, Quintana Roo, Tamaulipas, Puebla y Sinaloa.

Una vez que 17 legislaturas estatales votan a favor, ya no es necesario esperar a las demás para realizar la declaratoria de reforma constitucional, de acuerdo con el especialista.

La declaratoria puede ser hecha por la Comisión permanente en caso de que el Congreso de la Unión no se encuentre en periodo de sesiones.

"Apenas haya 17 Congresos estatales se hace la declaratoria y, como cualquier ley, en este caso una reforma constitucional, se manda al Ejecutivo y se hace la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor", añadió de Silva.

Explicó que existen leyes que en sus artículos transitorios indican que no puede entrar en vigor de inmediato y establecen un plazo para que las normas entren en funcionamiento, lo cual depende de cada proyecto.

Consideró que en el caso de este dictamen (Guardia Nacional) no es probable que el Ejecutivo federal haga cambios, una vez que el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que estaría de acuerdo con lo aprobado por el Poder Legislativo y apuntó que respetaría su decisión.

Las modificaciones a detalle

La Guardia Nacional forma parte de los ocho ejes propuestos por el presidente Andrés Manuel López Obrador en su Plan Nacional de Paz y Seguridad 2018 - 2024, el cual fue presentado el 14 de noviembre, antes de tomar protesta.

Luego del recorrido que el dictamen hizo por ambas cámaras, la minuta aprobada contenía diversas modificaciones al documento original, entre las cuales destacan:

-Este cuerpo de seguridad tendrá mando civil.

-El presidente de la República podrá disponer del apoyo de la guardia solo por un periodo de cinco años.

-La Guardia Nacional se regirá por una doctrina policial.

-Se dejó fuera la posibilidad de que los elementos de la Guardia contaran con fuero militar, pues estará constituida como una institución plenamente civil.

-Con la eliminación de la figura de la "Junta de jefes de Estado" (compuesta originalmente por elementos de las secretarías de Seguridad, Defensa y Marina), se da paso a una coordinación operativa interinstitucional.

-Deberá existir colaboración y coordinación de este cuerpo de seguridad entre las entidades federativas y los municipios. Además de que se deberá fortalecer a las policías estatales y municipales.

-Se establecen los mecanismos mínimos de las leyes, por lo que se expedirá reforma a la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Ley de la Guardia Nacional, Ley Nacional del Uso de la Fuerzas y Ley Nacional de Registro de Detenciones.

-Los gobernadores de las entidades federativas deberán presentar anualmente un informe sobre el avance de las tareas de seguridad de la guardia.

-De igual manera, el secretario de Seguridad Pública tendrá la obligación de presentar un informe de la Guardia Nacional y asistir al Senado a dar cuenta de ello.

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