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Corte da revés a Ley de Remuneraciones y autoriza a IFT no aplicar el tope salarial

La Primera Sala de la Suprema Corte votó a favor de autorizar al IFT pagar los salarios de 2018 en tanto el Pleno resuelve una controversia promovida en enero que había sido rechazada.

La Suprema Corte de Justicia autorizó al Instituto Federal Electoral de Telecomunicaciones (IFT) no aplicar el tope salarial dictado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en la Ley de Remuneraciones derivado de una controversia promovida en enero.

Se trata de una medida que fue votada en la Primera Sala de la Suprema Corte y que estará vigente en tanto el Pleno resuelve de fondo la controversia promovida por el IFT y que le permitirá pagar los sueldos de 2018.

No se especificó si se podrá permitir el pago retroactivo de las remuneraciones de los comisionados del IFT.

En enero de este año, el ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite la controversia constitucional promovida por el IFT para impugnar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, pero la Suprema Corte rechazó la solicitud para suspender las disposiciones que prohíben fijar sueldos superiores a los que percibe el presidente.

La Ley de Remuneraciones establece que ningún funcionario público puede percibir un monto mayor al que percibe el presidente, de 108 mil pesos mensuales.

De acuerdo con información publicada por El Financiero el 15 de enero de este año, al menos 65 funcionarios del IFT percibían una remuneración superior a la del presidente, entre ellos, los comisionados que recibían 3.3 millones de pesos anuales.

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