La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este lunes como discriminatorio la negación de una solicitud a dos mujeres que intentaron registrar a un menor de edad.
De acuerdo con la Corte, una de las mujeres tiene vínculo biológico con el menor, mientras que la otra persona no.
"Limitar el derecho a la filiación de los menores de edad nacidos en el seno de familias homoparentales es discriminatorio y viola el derecho a la identidad", indicó el organismo.
La ministra Norma Lucía Piña está a cargo de la revisión del amparo promovido por la familia, y argumenta que debe protegerse el principio de igualdad y no discriminación.
Además, señaló que debe respetarse la voluntad de una persona a reconocer a un hijo con quien no comparte un vínculo genético y el interés superior de la infancia.
Hijos de parejas homoparentales tienen derecho a la filiación jurídica. Se debe respetar la voluntad de una persona para reconocer a un hijo con quien no hay vínculo biológico y se protege el #InterésSuperiorDeLaInfancia.
— Suprema Corte (@SCJN) January 20, 2020
AR 852/2017
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