CIUDAD DE MÉXICO.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por mayoría de votos la reforma que pretende reducir el financiamiento público a los partidos políticos nacionales en Jalisco, conocida como ley #SinVotoNoHayDinero, aprobada en por el Congreso local en junio pasado.
Siete de los 11 ministros dieron su apoyo a la reforma impulsada por el diputado local independiente Pedro Kumamoto que prevé que el financiamiento a los partidos se otorgue con base en el número de votos que obtengan en las urnas, lo que reducirá hasta en un 65 por ciento dicho financiamiento, según estimación del propio legislador.
El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo proponía a sus similares echar abajo dicha reforma, pues argumentó que esta reducción del financiamiento a los partidos violentaba los principios constitucionales.
Según el ministro, pese a que se planteaba como una reforma que ahorraría millones de pesos, en realidad esta incrementaría el gasto ya que creaba dos bolsas distintas de financiamiento.
No obstante, los ministros que hicieron la mayoría, dijeron que dicha reforma es constitucional, porque existe una libertad de configuración de los Estados en materia de financiamiento a los partidos políticos.
Con ello se abre la puerta para que los Congresos de otras entidades federativas puedan seguir estos mismos pasos y también reduzcan el financiamiento a los partidos como ya lo hizo el Congreso de Jalisco.
"Los estados gozan de libertad de configuración para establecer el financiamiento de los partidos nacionales, siempre y cuando sea equitativo y resista un análisis de reglas objetivas y aplicables para todos los partidos", consideró el ministro Arturo Zaldívar.
La decisión de la SCJN se dio como parte del análisis de las acciones de inconstitucionalidad 38/2017 y sus acumuladas 39/2017 Y 60/2017, promovidas por los partidos políticos Verde Ecologista, Nueva Alianza y Morena de Jalisco.
Dichos institutos políticos demandaron la invalidez de diversas disposiciones de la Constitución Política y del Código Electoral y de Participación Social, ambos del estado de Jalisco.
Entre ellas pidieron echar abajo el artículo 13, fracción IV, de la Constitución de Jalisco, que prevé el financiamiento de los partidos, pues advirtieron que distorsionar el modelo de financiamiento previsto en la Constitución Federal. Y acusaron que genera inequidad entre partidos políticos nacionales y locales
Los ministros avalaron la sesión en que se logró la reforma constitucional en materia electoral de Jalisco, pues no encontraron vicios de procedimiento como lo dijeron los partidos.
Además, validaron las disposiciones que obligan a los partidos a postular para los cargos de presidentes municipales al 50 por ciento de candidatos por género, es decir 50 por ciento de hombres y 50 por ciento de mujeres.
Por el contrario, invalidaron las normas que sólo exentaba de la obligación de separarse del cargo 90 días antes de la elección a los regidores que aspiraran a un cargo de elección popular, en perjuicio de los alcaldes y síndicos.
Igualmente invalidaron la obligación de los partidos políticos a registrar plantillas en el número de ayuntamientos que determina la ley.
También invalidaron la disposición que sancionaba con la cancelación del registro a los candidatos a las candidaturas a diputados plurinominales a aquellos partidos que no presentes sus listas completas de candidatos a dichos cargos.