El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este lunes al Congreso de la Unión que precise la forma en que debe calcularse el salario del presidente de la República, referente para establecer la percepción del resto de funcionarios públicos en el país.
Al concluir con el estudio de dos acciones de inconstitucionalidad contra la Ley Federal para la Remuneración de los Servidores Públicos, la Corte no logró los ochos votos necesarios para la invalidez total de dicha norma por omisión legislativa.
Pero sí alcanzó los ocho votos para declarar la inconstitucionalidad de fracciones de dos de tres artículos de dicha ley, por imprecisiones al no fijar los parámetros objetivos del salario del titular del Ejecutivo.
Los ministros ordenaron al Congreso que dentro de los primeros 90 días del próximo periodo ordinario de sesiones se subsanen las omisiones reflejadas en los artículos 6 y 7 de dicha legislación.
Los ministros dijeron que la redacción actual de los citados artículos se limita a reproducir íntegramente el artículo 127 de la Constitución, que señala que ningún servidor público puede ganar más que el presidente.
Destacaron, sin embargo, que no refleja los parámetros claros y objetivos para establecer el ingreso del presidente.
Juan Luis González Alcántara, ministro de más reciente ingreso a la Suprema Corte a propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, fue quien equilibró la balanza.
Durante la votación por la invalidez total de la norma, el ministro votó en bloque con los ministros Arturo Zaldívar, Norma Piña y Yasmín Esquivel; pero en el caso particular de los citados artículos votó con la mayoría para alcanzar los ocho votos .
Los ministros también invalidaron los artículos 217 Bis y Ter del Código Penal Federal que define el delito de remuneración ilícita, donde se establecían penas por hacer pagos de sueldos y prestaciones en exceso o por no reportar aquellos recibidos en exceso.
El ministro Arturo Zaldívar recordó que la Suprema Corte aún tiene pendientes ocho controversias promovidas contra dicha Ley, dos de ellas promovidas la semana pasada.
En abril pasado, según dijeron los ministros, la ley original aprobada en noviembre de 2018 se reformó casi en un 90 por ciento, pues 15 de 17 artículos fueron modificados y se adicionó uno más.
El jueves, el Pleno de la Suprema Corte resolvió que sí hubo violación grave al proceso legislativo de noviembre de 2018 con la aprobación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, la cual indica que nadie puede ganar más que el Presidente de la República, cuyo sueldo está fijado en 108 mil pesos mensuales.
La norma se quedó a dos votos de ser invalidada en su totalidad.