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Suprema Corte pospone resolución de controversia sobre política energética de la 4T

Los ministros de la SCJN determinaron mantener en lista la controversia constitucional promovida por la Cofece.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso de manera indefinida la discusión y resolución de la controversia constitucional 89/2020 promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra la política energética del Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.

En dicho recurso se demandó del Poder Ejecutivo federal la invalidez del Acuerdo emitido por la Secretaría de Energía, por el que se emitió la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 15 de mayo de 2020.

Por la relevancia del caso, aún existe la posibilidad de que algún ministro pueda solicitar que el asunto sea sometido a discusión del Pleno del Tribunal Constitucional.

En sesión remota en línea, realizada este miércoles, los ministros de la Segunda Sala determinaron mantener en lista dicho asunto.

Y es que el proyecto menciona que el Acuerdo impugnado obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a la Cofece, porque anula la libre competencia económica y concurrencia en el mercado de generación, así como la sustentabilidad en la generación y suministro de energía eléctrica, particularmente en lo que concierne a las Energías Limpias Intermitentes.

La Cofece interpuso una controversia constitucional porque estimó que el acuerdo afecta su mandato constitucional e invade su esfera de competencia.

Un extracto del proyecto del ministro Luis María Aguilar filtrado a la prensa señala que la Política de Confiabilidad distorsiona el proceso de competencia y libre concurrencia que debe estar presente en los eslabones de generación y suministro de energía.

"Además de que otorga una ventaja exclusiva e indebida en favor de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para que proponga proyectos estratégicos en programas de suma relevancia en el desarrollo del SEN (Sistema Eléctrico Nacional) y que invariablemente inciden en dichos eslabones, siendo que tal previsión no se encuentra prevista para los demás competidores y sin que se justifique tal distinción", advierte.

Según el texto, el ministro también propuso declarar la invalidez de la elaboración de los lineamientos y criterios de confiabilidad para la planeación y operación del SEN.

"Se propone declarar su invalidez en tanto que la disposición 3.8.4, que permite la participación proactiva de la CFE en la elaboración de los lineamientos y criterios de confiabilidad para la planeación y operación del SEN, resulta contraria al nuevo esquema generado como consecuencia de la reforma energética, pues la CFE, como transportista y distribuidor, no tiene ningún tipo de facultad al respecto", advierte.

Considera que Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) no tiene competencia para rechazar solicitudes de Estudios de Interconexión, ni para emitir un dictamen que debe ser tomado en cuenta por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) al momento de evaluar y, en su caso, otorgar el permiso de generación.

El Acuerdo de la Secretaría de Energía impugnado, según el proyecto, cancela la posibilidad de entrada al mercado de centrales eléctricas que operan con energía limpia, en concreto a las eólicas y fotovoltaicas, barrera que afectaría a los consumidores de contar con tarifas eléctricas más accesibles.

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