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Suprema Corte rechaza suspender reducción salarial en el Inegi

Con esta medida, la cual aún puede ser impugnada, los trabajadores no contarían con seguro de gastos médicos mayores ni seguro de separación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó este lunes al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) la suspensión de la Ley Federal de Remuneración de los Servidores Públicos, por lo que sus empleados no podrán mantener los salarios que tenían hasta 2018.

Además, los funcionarios del instituto autónomo no contarán más con los seguros de gastos médicos mayores que tenían, ni el seguro de separación individualizada para cada uno de los empleados.

Mediante una resolución publicada en los estados electrónicos del Tribunal Constitucional, el ministro Alberto Pérez Dayán dio a conocer que se acepta a trámite la Controversia Constitucional del Inegi.

En ella, el instituto impugnó la reducción salarial con base en la citada Ley, cuya premisa es que nadie gane más que el Presidente, cuyo salario es de 108 mil pesos mensuales netos.

"Se niega la suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, promovente de la presente controversia constitucional", resolvió el ministro Pérez Dayan dentro de la Controversia Constitucional 75/2019.

Detalló que la dicha Ley ya está vigente, por lo que los hechos impugnados están consumados, además de que suspender su aplicación implicaría una violación a la Constitución y generaría un daño a la sociedad.

"Por lo razonado en los párrafos que anteceden no se puede otorgar la medida cautelar solicitada, pues implicaría desconocer un supuesto expresamente consignado en la Constitución y se podría afectar en mayor medida a la sociedad por el impacto que la decisión pudiera tener en el presupuesto", aclaró.

Es un argumento sostenido por el ministro Pérez Dayán en controversias similares promovidas por los institutos Nacional Electoral, Federal de Telecomunicaciones, Para la Evaluación de la Educación, así como las comisiones Nacional de Derechos Humanos y Federal de Competencia Económica.

Por el contrario, el ministro sí concedió la suspensión de la citada Ley al Banco de México (Banxico), instituto autónomo que genera sus propios recursos y el cual no está sujeto al Presupuesto de Egresos de la Federación.

La Controversia Constitucional del Inegi se presentó el 18 de febrero contra las cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión y el titular del Ejecutivo Federal.

El Inegi impugnó la "injustificada modificación" del Presupuesto de Egresos para el 2019, que significó una reducción a su presupuesto. Mencionó que ello puso en riesgo su operación y ocasionó una violación a su autonomía constitucional.

Asimismo, se quejó de la "abrupta e injustificada" reducción de la remuneración total líquida mensual y total anual del Presidente, establecida en el Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2019.

"Dicha reducción se llevó a cabo sin dar aviso previo a este Instituto y sin habérsele solicitado cuando menos su opinión al respecto, vulnerando con ello la más esencial garantía de audiencia", acusó.

Y es que, por ejemplo, el presidente y vicepresidente del Inegi pasarán de ganar 200 mil pesos mensuales netos, aproximadamente, a 106 mil pesos mensuales netos.

Las autoridades señaladas como responsables tienen 30 días hábiles para dar contestación a la misma.

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