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Ya no tenemos ataduras: López Obrador celebra decisión del Tribunal Electoral sobre 'mañaneras'

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó las medidas que el INE había ordenado al mandatario sobre lo que podía decir sobre los actores políticos.

El presidente Andrés Manuel López Obrador celebró este jueves la revocación de las medidas del Instituto Nacional Electoral (INE) a las conferencias matutinas que realiza de lunes a viernes en Palacio Nacional.

"Celebro que el Tribunal haya tomado esa resolución, de que no se limite, no se censure esta conferencia. Según entiendo en ese sentido va la resolución del tribunal y actuaron muy bien", comentó.

El titular del Ejecutivo festejó que con esto ya no existan "ataduras" en lo que puede declarar en sus ruedas de prensa.

Desde el órgano electoral publicó el acuerdo, López Obrador ha evitado responder las preguntas de reporteros que tienen que ver con el proceso electoral de este año.

El Consejo General del INE aprobó en enero un acuerdo por el que se ordenaba al mandatario ser neutral en sus opiniones emitidas en las conferencias 'mañaneras' respecto a actores políticos.

"El proyecto a nuestra consideración propone que el presidente y en extensión el conjunto de servidores públicos que tienen el deber de neutralidad eviten formular posicionamientos, expresiones y valoraciones que puedan ser favorables o adversas respecto a cualquier actor político electoral, tanto en el ámbito federal como local", detalló Ciro Murayama, consejero del órgano electoral.

Entre los temas que no podían ser abordados por López Obrador estaban el ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos y la vida interna de los partidos nacionales y locales, así como candidaturas de partidos.

Sin embargo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó esa decisión el miércoles, argumentando que dicho acuerdo no implicó la emisión de medidas cautelares de tipo inhibitorio sino la imposición de medidas de no repetición, ante la supuesta posibilidad de que ocurra un acto lesivo futuro de carácter ilícito.

En la sentencia se señala que la naturaleza de la medida de no repetición requiere un estudio de fondo que corresponde a la autoridad jurisdiccional, y no a la etapa de la medida cautelar.

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