Colaborador Invitado

¿Qué sigue para México tras la aprobación del impuesto de 2% a apps de reparto en la CDMX?

‘La medida afecta a los bolsillos de los que encontraron en las plataformas un mecanismo de resiliencia en esta crisis’.

El 15 de diciembre se aprobó el presupuesto de la CDMX con una reforma al Código Fiscal de la Ciudad de México, para generar un impuesto sobre el uso de infraestructura a los servicios de entrega gestionados únicamente a través de plataformas digitales.

La iniciativa, mal redactada desde su origen, y aprobada el 15 de diciembre en el congreso de la CDMX, carece de profundidad.

El documento original indicaba que el cobro se realizaría de forma directa a las plataformas, cuando la realidad es que los más afectados con esta modificación serían los usuarios finales y las empresas, restaurantes y repartidores que ofrecen sus servicios a través de dichas plataformas incrementando así la ya alta inflación, y con ello, afectando directamente el bolsillo de las familias mexicanas que demandan estos servicios y a miles de emprendedores y repartidores que han encontrado en las plataformas digitales un mecanismo de flexibilidad laboral para contar con ingresos adicionales para aquellos que perdieron su trabajo o aquellos que evitaron cerrar sus negocios gracias a los envíos de productos por estos medios digitales.

Sin embargo, con la aprobación del código fiscal, y la modificación al artículo 307 TER, se menciona que el impuesto de 2 por ciento será sobre el total de las comisiones o tarifas de las plataformas y que será intransferible, por lo que no podría trasladarse o incluirse en el costo total o cargo al usuario final.

Pero, ¿qué implica este cambio?, si bien cabe señalar que al haber un incremento en algún componente en la estructura de costos (ya sea por insumos más caros, o por cubrir gastos administrativos y regulatorios adicionales), este se refleja siempre en el costo final al usuario. Aunado a esto, estaremos incumplimiento los compromisos que México, junto a otros 130 países adoptaron, ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), donde se requiere a todas las partes involucradas eliminar y no imponer nuevos impuestos digitales o medidas similares de manera unilateral a partir del 8 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2023, a fin de que esto no interfiera con las discusiones de atender los retos de la fiscalización a la economía digital y la aplicación de la nueva normativa en los próximos años.

La Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI), ha sido vocal al recordar que el tipo de regulaciones –como la recién aprobada– pueden enviar un mensaje erróneo a la posible inversión extranjera, ya que presuponen que localmente no se respetan los acuerdos internacionales al tomar acciones contrarias a lo estipulado. Además de afectar los bolsillos de aquellos que encontraron en las plataformas un mecanismo de resiliencia en esta crisis sanitaria y en el proceso de recuperación económica post COVID.

Ahora bien, ante esta discordancia, el nivel de competitividad de México podría seguir bajando. Recordemos que de acuerdo con el Instituto para el Desarrollo Gerencial (IMD) y su ranking mundial de Competitividad Digital 2021, en el que se mide la capacidad y disposición de 64 economías para adoptar y explorar tecnologías digitales como un motor clave para la transformación económica de sus empresas, gobierno y sociedad, México ha perdido dos posiciones de 2020 a 2021, con lo que ocupa hoy el lugar 56, debido, en gran parte, a los marcos regulatorios restrictivos que se generan en torno a la tecnología.

Retomando lo ya mencionado por la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, sobre que el cobro es para las ganancias que las grandes empresas no invierten en la capital, sino que las llevan fuera del país, hay que recordar que las plataformas digitales ya pagan impuestos federales como el IVA y el ISR, además de locales como el predial. Entonces, al crear impuestos como este, se incumple con el compromiso del gobierno de no crear nuevos impuestos y del acuerdo que el país adoptó ante el G20-OECD de respetar la libertad de comercio, el principio de equidad tributaria, así como la libre concurrencia y competencia.


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