Colaborador Invitado

IMSS contribuirá a extender el derecho a la salud en un esquema sustentable

Tras el éxito del programa piloto que estableció el IMSS los trabajadores independientes podrán afiliarse bajo un esquema sencillo, que le de acceso a los cinco seguros del IMSS.

Ernesto de la Puente, abogado experto en Derecho Laboral de Santamarina Steta

El 18 de octubre de 2023, el Senado de la República aprobó dos dictámenes enviados por la Cámara de Diputados, que reforman la Ley del Seguro Social, la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para permitir que las personas que presten servicios no subordinados en industrias familiares, comerciantes en pequeño, artesanos, profesionistas independientes y demás trabajadores no asalariados (definidos como “Trabajadores independientes” ante la falta de técnica legislativa que dejara fuera el término “trabajador”), así como a los mexicanos que trabajan en el extranjero sin un patrón en México, se inscriban de manera voluntaria al régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social.

Lo anterior, les permitirá tener acceso pleno a las coberturas y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar aportaciones ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), para obtener un crédito y adquirir una vivienda.

En el pasado, los prestadores de servicios y comerciantes, ya tenían la posibilidad de afiliarse de forma voluntaria al IMSS mediante las modalidades 35, 43 y 44, pero: 1) dicho proceso era difícil y sólo les daba acceso a 3 seguros: enfermedades y maternidad; invalidez y vida; y, “retiro y vejez”, 2) no se otorgaban facilidades para el pago de cuotas, ni era posible aportar en el mismo sistema las cuotas de vivienda, 3) contaba con restricciones severas para la provisión de servicios médicos ante la preexistencia de diversos padecimientos y 4) solo se podía cotizar con un límite de un salario mínimo.

Sin embargo, ahora, tras el éxito del programa piloto que estableció el IMSS entre febrero de 2021 y septiembre de 2023, los trabajadores independientes, lo harán bajo un esquema sencillo, que le de acceso a los 5 seguros del IMSS (incluyendo el seguro de riesgos de trabajo y el de guarderías y otras prestaciones sociales) y sus beneficios, tales como:

• Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica.

• Incapacidades.

• Pensión por invalidez y vida.

• Fondo para el retiro.

• Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.

Además, no habrá restricciones respecto a los derechos de sus beneficiarios, como cónyuge o concubina(rio), hijos y ascendientes; podrán optar por pagos de cuotas de forma mensual, bimestral, semestral o anual; y podrán cotizar con su retribución mensual real con los parámetros generales para cualquier trabajador (entre 1 y 25 UMAs).

Todo el esquema permitirá que diversos sectores de la población que no se encuentran sujetos a una relación de trabajo (por la que se presten servicios de forma subordinada y sujetos al pago de un salario) y a los extranjeros que tengan fuertes lazos con sus familias en México o que deseen regresar al país en el futuro, puedan obtener beneficios iguales a los de cualquier trabajador.

Por otro lado, permitirá que los gastos del Gobierno mexicano en temas de salud sean menos onerosos, pues se basará en un esquema contributivo, en lugar del esquema gratuito y unilateral del IMSS- Bienestar, que representa una fuerte carga para las finanzas del Estado.

Finalmente, se dará un golpe a los esquemas informales y fraudulentos, por los que se da de alta de forma irregular a las personas en la nómina de alguna empresa, para cotizar con el salario mínimo y obtener los beneficios del régimen obligatorio del IMSS, pero cobrándoles altas comisiones que muchas veces resultan superiores a lo que pagarían en caso de afiliarse de forma voluntaria.

Enhorabuena por esta decisión del Gobierno Mexicano. Esperemos que la población sepa apreciar los beneficios del nuevo esquema.

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