Colaborador Invitado

El decreto que no era una MSF

México deberá demostrar que no se trata de una discriminación arbitraria en contra del maíz procedente de EU, o una restricción encubierta al comercio internacional.

Según la Secretaría de Economía, la queja de Estados Unidos en contra del decreto del 13 de febrero del 2023, que restringe la importación de maíz transgénico, no debería de proceder porque además de la protección de la salud y la seguridad humana –objetivo de toda medida sanitaria y fitosanitaria (MSF)– este decreto también busca generar un medio ambiente sano, proteger la biodiversidad y lograr la autosuficiencia alimentaria. De acuerdo al documento que México presentó al panel responsable, el decreto estaría exento de las directrices de los capítulos dos y nueve en base a sus múltiples objetivos y de dos de los casos listados en el artículo uno del capítulo 32, que justifican que un país no cumpla con sus obligaciones derivadas del tratado: la necesidad de proteger la moral pública y la conservación de recursos naturales agotables.

México deberá ahora demostrar al panel que la aplicación del decreto no es un medio de discriminación arbitrario o injustificable en contra del maíz procedente de Estados Unidos, o una restricción encubierta al comercio internacional, según lo establece el ‘chapeau’ del artículo XX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que es la base del artículo 32.1 del tratado. Además, para validar el argumento que el decreto busca la protección del maíz nativo y de la milpa –que considera amenazados–, México tiene que demostrar que existen otras restricciones vigentes a la producción o consumo doméstico del maíz transgénico y que la restricción a la importación del maíz de Estados Unidos no es la única medida en vigor en este sentido.

Parece difícil demostrar que el gobierno mexicano está llevando a cabo medidas para sustituir el uso de maíz transgénico en nuestro país. En la versión pública del documento presentado por México el 15 de enero, las importaciones de maíz provenientes de Estados Unidos, que representan alrededor del 85 por ciento de las importaciones totales, fueron tachadas. Sin embargo, de acuerdo con las cifras del Departamento de Agricultura de ese país (USDA) y de la Secretaría de Agricultura, se espera que, debido al cambio climático y al aumento en los precios de los fertilizantes, la producción de maíz en México para este 2024 caiga a unos 25.5 millones de toneladas, con lo que las importaciones alcanzarán un nuevo récord histórico de 19.6 millones de toneladas, esto es, el 42.6 por ciento del consumo total, mientras que en el 2021 era el 35.3 por ciento.

En el documento presentado por la Secretaría de Economía, llama la atención las referencias al informe ‘Expediente Científico sobre el Glifosato y los Cultivos GM’, que dice incluir las referencias utilizadas en la evaluación de riesgo practicada por el gobierno mexicano que avala el decreto. Si México ya tenía esta información, ¿por qué no se entregó al USTR o al USDA y se evitó llegar hasta el panel, lo que nos puede costar una sanción comercial? Sin embargo, el artículo 8 del decreto indica que, bajo la coordinación de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se realizarán los estudios científicos conducentes sobre el consumo del maíz transgénico y sus posibles daños a la salud.

Por otra parte, el caso le abre nuevamente la puerta a la discusión sobre si el consumo del maíz transgénico es seguro para la salud humana. Para escuchar las muchas opiniones a favor y en contra de terceros interesados, el panel agendó una audiencia pública del 26 al 28 de junio e invitó a una decena de organismos no gubernamentales, con reconocimiento internacional, a presentar por escrito su opinión sobre el caso. Friends of the Earth y el Center for Food Safety apoyan la postura mexicana argumentando, respectivamente, que Estados Unidos no ha demostrado contar con un sistema confiable para la evaluación de riesgos y que la aplicación de estas pruebas no permite determinar con certeza el grado de toxicidad o de alergenicidad, lo que habrá de tener repercusiones en otros foros.

Canadá debió presentar ante el panel su queja el 15 de marzo y Estados Unidos sus comentarios al documento mexicano el 26 de marzo. México deberá entregar sus comentarios a la respuesta del USTR el 14 de mayo y con estos elementos se realizará la audiencia pública, donde el panel espera escuchar nuevos argumentos. En este caso, no se puede argüir que el proceso sea consecuencia del proceso electoral en Estados Unidos, aunque el resultado –que se conocerá en noviembre– será un elemento clave que ayudará a definir la relación bilateral a partir del 2025.

El autor es consultor en políticas públicas y comercio exterior.

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