El autor es Director de analítica de datos del IMCO y profesor de macroeconomía del ITAM.
El Gobierno Federal enfrenta la responsabilidad de transferir recursos a las entidades federativas, lo que se traduce en una presión habitual para el gasto total del sector público. Las transferencias más habituales se reducen a dos tipos: las participaciones y las aportaciones. En el caso de las primeras se refieren a recursos que el gobierno asigna a las entidades en función de la recaudación federal participable, que a su vez depende de los ingresos que capta vía impuestos y la porción de la renta petrolera que resulta del régimen fiscal de Pemex y las empresas privadas del sector. Por su parte, las aportaciones son los recursos que el Gobierno Federal asigna a través de diferentes fondos y que tienen un uso específico.
Ambos tipos de transferencias se distinguen, al menos, por tres aspectos: sus reglas de asignación, el uso que se les puede dar y sus mecanismos de rendición de cuentas. Con respecto a las reglas de asignación, como ya comentamos, parten de principios muy distintos. Las participaciones tienen una fórmula explícita que se incluye en la Ley de Coordinación Fiscal, que determina los montos que debe recibir cada entidad federativa en función del tamaño de su población y otros aspectos. En cambio, las reglas de asignación de las aportaciones, a través de sus diferentes fondos, están ligadas al tipo de proyectos que presentan las entidades en determinados rubros, por lo que es un tanto más discrecional, tanto por las capacidades que desarrolla cada entidad para solicitar estos recursos como por la negociación con la Federación y el Congreso federal para conseguirlos.
Por otro lado, el uso de estos recursos es otra característica que distingue a ambos tipos de transferencias. Las aportaciones están etiquetadas, esto es, se asignan a fondos con finalidades específicas: educación, salud, infraestructura, etcétera. De tal forma están acotados para asignarse a determinados proyectos que las entidades promueven para recibir los fondos. En el caso de las participaciones, los recursos que transfiere la Federación son de libre disposición, se vuelven fungibles, es decir, las entidades y los municipios los asignan en función de sus necesidades a diferentes fines: pagar su deuda, impulsar algún proyecto local, atender el pago de su nómina, o cualesquiera fines que se deseen.
Todo esto nos lleva al tercer aspecto de interés: los mecanismos de rendición de cuentas a los que están sujetas estas transferencias. Las aportaciones, que son los recursos etiquetados a través de los fondos, poseen ciertos mecanismos de verificación en su uso. Aunque estos son imperfectos, los propios fondos deben recabar información sobre el destino del dinero asignado a los estados, de tal forma que se tenga cierto sustento sobre el uso que se les da. En contraste, las participaciones no siguen ese proceso porque tienen finalidades múltiples. Quizás el mecanismo de control que las distingue es que funcionan, en muchos casos, como garantía para solicitar deuda, de tal forma que se restringe su uso con dicha finalidad.
Estas tres características nos invitan a reflexionar sobre los mecanismos que existen en el marco de responsabilidad fiscal para evaluar la calidad del gasto y, especialmente, prevenir e identificar potenciales actos de corrupción. En ocasiones existe un desfase temporal importante entre la ejecución de los recursos y los procesos de revisión y auditoría para evaluar dichos gastos, lo que limita las posibilidades de sancionar un mal manejo de los recursos públicos.
Por esta razón se vuelve crucial que la evaluación de la calidad del gasto público se haga desde otros ángulos. Uno de ellos, específicamente con las participaciones, consiste en analizar las tareas a las que se asignan, no solo a nivel estatal sino también municipal. Precisamente en esa línea, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), que recientemente publicó su Radiografía Chilanga para evaluar la competitividad de las alcaldías, se refiere a la necesidad de disponer de información del gasto para las alcaldías de la Ciudad de México.
Específicamente, la recomendación del IMCO consiste en impulsar la transparencia en la presentación del gasto para las 16 alcaldías, ya que los montos de gasto de cada una, que determina el sistema de asignación actual, no son públicos, limitando los mecanismos de evaluación económica sobre su uso. Avanzar en esa dirección es indispensable para promover un entorno de mayor certidumbre sobre el uso de los recursos públicos, especialmente cuando hablamos de recursos que, al considerar aportaciones y participaciones, contabilizan cerca del 25% del total del gasto público federal.