David Calderon

Apuranza 1

Para 2020, lo más apremiante en educación es: publicar en el DOF las Estrategias Nacionales de Primera Infancia, Inclusión Educativa y Fortalecimiento de Escuelas Normales y las leyes secundarias en materia educativa.

El autor es presidente ejecutivo de Mexicanos Primero .

Muchos dirán que no existe el término. Se emplea en Chetumal, en muchos lugares de Centroamérica y en poblaciones andinas. Al menos en el Diccionario de los sufijos de la lengua española, de Faitelson-Weiser (http://www.sufijos.lli.ulaval.ca/corpus-4/contenido/formas-sufijales-en-z/sufijo-deverbal-anza/), "apuranza" aparece entre "aprobanza" y "asechanza", con la misma prosapia y consistencia que "mudanza", "semblanza" o "venganza". Se la escuché por primera vez a mi jefe, el coordinador de Limpia y Transportes de San Ángel, que era el jefe de nosotros los barrenderos. "Ésta es la apuranza de hoy", decía, y ondeaba una hoja de cuaderno en la que estaban escritas las tareas del día y a quiénes correspondía completarlas; y así cada amanecer, mientras nos alistábamos a irnos a la faena diaria en cuadrillas, congregados en torno a la fuente de la plaza de San Jacinto.

¿Cuál es la apuranza en educación para 2020? Acá enuncio una lista de pendientes –obligatorios, urgentes, relevantes– y sus responsables oficiales; mucho ya se retrasó –como a veces la barrida que nos tocaba en San Ángel– pero en todo caso es una agenda mínima para los temas de política educativa en México, para el año que está por llegar en menos de dos semanas.

Uno: se deben publicar en el Diario Oficial de la Federación las Estrategias Nacionales de Primera Infancia, Inclusión Educativa y Fortalecimiento de Escuelas Normales. Le toca a la SEP. Las entregaron –algunas todavía con las pifias del apuro– para que se publicaran en la Gaceta de la Cámara de Diputados, pero cobran el papel que les dio la reforma constitucional sólo hasta que se publiquen en el DOF. Y claro, es sólo el primer paso: todo lo que mandan y establecen obligación para que se coordinen las autoridades y cumplan con sus obligaciones es de enorme relevancia. Por ejemplo, que se desaten los programas especiales que le dan dinero a sus hermosas perspectivas. Por ejemplo, que se conforme una Comisión Nacional de Inclusión Educativa y ahora sí los diálogos sean públicos y constantes, y que atendiendo a las condiciones de discapacidad y sus colectivos, no se oscurezca la inclusión que implica sacar de su postración a educación indígena, y ya no seguir haciéndose occisos con los temas de género y de identidad afectivo-sexual, además de la exclusión del aprendizaje que afecta a la inmensa mayoría. Por ejemplo, para que el fortalecimiento de Normales no se vuelva a estancar en los interminables foros regionales, y se pueda cuestionar por qué sólo se quieren dar dos millones de pesos para cada Normal para su "fortalecimiento", fea burla después de tanta reunión.

Dos: se debe resolver el tema de la inconstitucionalidad de las leyes secundarias en materia educativa. Le toca a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. A diferencia de la reforma a los artículos Tercero, 31 y 73 de la Constitución, que convocó acuerdos y ajustes mutuos en las diversas visiones sobre el sentido y el futuro de la educación en México, las tres leyes secundarias –Ley General de Educación, Carrera de Maestros, Mejora Continua– se aprobaron por la vía del descontón y contienen groseras contradicciones al texto constitucional. Tal vez la más visible y preocupante es que el texto del Tercero, el cual establece –en continuidad con el artículo 4 de la propia Constitución referido al interés superior de la niñez como criterio de todo el orden jurídico, y en continuidad con las convenciones internacionales de derechos humanos que ha firmado México– que los procesos de admisión, de promoción y de reconocimiento de la profesión docente estarán orientados plenamente a lo mejor para niñas, niños y jóvenes, para su máximo aprendizaje y pleno desarrollo, y que por ende se resolverán con procesos públicos, imparciales, en condiciones de igual oportunidad para los aspirantes todo eso es desmentido por el articulado de la Ley de Carrera de Maestras y Maestros, que otorga plazas a normalistas, establece preferencias por encima del desempeño demostrado para aspirar a los nombramientos y encima le hace entrega de atribuciones de la autoridad a las representaciones sindicales. La Comisión Nacional de Derechos Humanos, aún digna de ese nombre, presentó dos acciones de inconstitucionalidad contra las leyes secundarias, que la Suprema Corte debe resolver. ¿Con qué imparcialidad y energía la Comisión va a litigar la inconstitucionalidad que afecta los derechos de la niñez? ¿Con qué imparcialidad y plena independencia de poderes la Corte va a establecer su fallo?

Ya me acabé el espacio. Esa fue la apuranza de hoy. Pero sigo la semana entrante.

COLUMNAS ANTERIORES

Cierre y apertura
Regresar y aún no hallarse

Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad de quien firma esta columna de opinión y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.